Los cuestionamientos
permanentes que sufre el sistema de seguridad social van desde las fábulas,
como pretender que financia Fútbol para Todos, hasta ciertos planteos que
buscan la desfinanciación del sistema.
Quienes
callaban ante el régimen de capitalización privado que formaba parte del
negocio financiero de las AFJP y les generaba una enorme rentabilidad, hoy
esgrimen argumentos más cercanos a los prejuicios que a las ideas.
Uno de ellos es considerar a la propiedad individual como un valor absoluto por encima de todo otro derecho. En estos tiempos, quizá sea pertinente recordar el concepto de "función social de la propiedad", que sustenta la Doctrina Social de la Iglesia. También en nuestros textos legales queda clara la protección a la propiedad y las modalidades de su uso. "No es lícito dañar a la comunidad –sostenía Arturo Enrique Sampay– haciendo jugar el derecho subjetivo en contra del fin social para el que es reconocido."
Atrás de todos esos prejuicios encontramos la misma intencionalidad política, que es volver a las viejas formas de apropiación del excedente económico en provecho de intereses particulares, sin tener en cuenta a los jubilados, a los trabajadores y a la sociedad argentina en su conjunto.
Porque el actual sistema de reparto no sólo significa un cambio de paradigma en materia de jubilaciones, sino una diferente orientación política, económica y social.
Su acción está regida por nuevos fundamentos. En efecto, el Sistema Integrado Previsional argentino constituye un pilar fundamental del modelo de desarrollo con inclusión social en ejecución.
Tiene una incidencia importante en la vida de 6 millones de jubilados y sus familias, influye en la distribución social del ingreso y en el financiamiento de la inversión a través del FGS.
Por eso es parte integrante del proyecto nacional en esta década ganada.
Uno de ellos es considerar a la propiedad individual como un valor absoluto por encima de todo otro derecho. En estos tiempos, quizá sea pertinente recordar el concepto de "función social de la propiedad", que sustenta la Doctrina Social de la Iglesia. También en nuestros textos legales queda clara la protección a la propiedad y las modalidades de su uso. "No es lícito dañar a la comunidad –sostenía Arturo Enrique Sampay– haciendo jugar el derecho subjetivo en contra del fin social para el que es reconocido."
Atrás de todos esos prejuicios encontramos la misma intencionalidad política, que es volver a las viejas formas de apropiación del excedente económico en provecho de intereses particulares, sin tener en cuenta a los jubilados, a los trabajadores y a la sociedad argentina en su conjunto.
Porque el actual sistema de reparto no sólo significa un cambio de paradigma en materia de jubilaciones, sino una diferente orientación política, económica y social.
Su acción está regida por nuevos fundamentos. En efecto, el Sistema Integrado Previsional argentino constituye un pilar fundamental del modelo de desarrollo con inclusión social en ejecución.
Tiene una incidencia importante en la vida de 6 millones de jubilados y sus familias, influye en la distribución social del ingreso y en el financiamiento de la inversión a través del FGS.
Por eso es parte integrante del proyecto nacional en esta década ganada.
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