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viernes, 20 de agosto de 2021

La CIDH confirmó "masacres" de civiles por parte del Gobierno de facto de Jeanine Áñez, por "Agencia Telam" del 17-08-21


 El presidente Luis Arce recibe el informe de manos de la representante del GIEI Patricia Tappatá. (Foto: ABI)


17/08/2021 - BOLIVIA



El presdiente Luis Arce recibió el estudio elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a propósito de los actos de violencia contra civiles que llvaeron a cabo la Policía y las Fuerzas Armadas tras el derrocamiento de Evo Morales. Los hechos sucedidos en Senkaya y Secaba dejaron al menos 37 muertos.




El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) confirmó este martes las "masacres" de civiles en Bolivia, al presentar su informe final sobre las muertes en Senkata y Sacaba, ocurridas luego del golpe de Estado contra Evo Morales en noviembre de 2019.


"La Policía y las Fuerzas Armadas, de modo separado o en operativos conjuntos, usaron la fuerza de modo excesivo y desproporcionado y no previnieron adecuadamente los actos de violencia dejando desprevenidos a los ciudadanos y ciudadanas", indicó la investigación presentada en el Banco Central de Bolivia.


"En el marco de un conflicto político rodeado de violencia, al menos 37 personas perdieron la vida en diversos lugares del país y centenares recibieron lesiones de consideración tanto físicas como psicológicas", afirmó la representante del GIEI Patricia Tappatá.


La experta en Derechos Humanos aclaró que el informe no intenta dilucidar si los problemas en torno al proceso electoral previo constituyeron fraude o golpe de Estado, ni se tuvo en cuenta la denuncia contra los funcionarios del Gobierno argentino que encabezó Mauricio Macri por el envío de armas para reprimir el conflicto, dado que no es parte del mandato que recibieron.


"Lo ocurrido involucra la responsabilidad del Estado, por actos de agentes estatales y de particulares en las circunstancias contempladas en la jurisprudencia de la CIDH", precisó sobre lo ocurrido en Senkata y Sacaba.


El Ejército participó en la represión y las muertes en la planta de gas de Senkata. (Foto: AFP).

El Ejército participó en la represión y las muertes en la planta de gas de Senkata. (Foto: AFP).



Esos hechos de violencia a los que hizo referencia ocurrieron luego de la asunción de la hoy detenida exmandataria de facto Jeanine Áñez, quien, tras la salida obligada de Evo Morales en noviembre de 2019, asumió el poder en circunstancias irregulares ante una Asamblea sin quorum ni oposición.


Tras esa situación "particulares promovieron y protagonizaron actos de violencia y ataques a bienes públicos y privados", indicó la CIDH que, sin embargo, "no duda en calificar a los hechos de Sakaba y Senkata como masacres".


En ese sentido, Tappatá señaló que es "esencial que quienes resultaron víctimas obtengan justicia, reparación por los daños que les fueron provocados y atención inmediata para sanar heridas".El informe de la GIEI también da cuenta que las manifestaciones y protestas no estallaron inesperadamente sino que hubo "agitadores".


"Fueron precedidas por discursos antagónicos de líderes reconocidos y por decisiones políticas y acciones que pusieron en tensión las reglas de funcionamiento de los mecanismos participativos de la democracia y de las instituciones que deben vigilar su cumplimiento", subrayó Tappatá.


La experta también hizo foco en la discriminación que sufren algunos bolivianos y que se profundizó en aquellos días."La violencia racista perpetrada contra los pueblos indígenas incluyendo a las mujeres indígenas que fueron especialmente atacadas en esa época deben ser reconocidas y los responsables sancionados", sostuvo al recordar que se usó la identidad étnica como criterio de pertenencia o no a la sociedad boliviana y como factor de exclusión de los espacios institucionales más importantes.


La presentación del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (Foto: ABI).

La presentación del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (Foto: ABI).



Al finalizar su discurso, Tappatá entregó el informe al presidente Luis Arce, quien estuvo junto a otras autoridades en el Banco Central de Bolivia, mientras se escucharon de fondo los aplausos y los pedidos de justicia de los asistentes.


Tras recibir el trabajo, el mandatario exhortó a la Asamblea Legislativa a aprobar, en el menor plazo posible, un juicio para establecer la autoría, responsabilidades y sanciones por la violación de derechos humanos durante el golpe de Estado de 2019.


“Exhortamos a la Asamblea Legislativa Plurinacional a aprobar, en el menor plazo posible, el juicio de responsabilidades para establecer la autoría, responsabilidades y sanciones de estas graves violaciones de derechos humanos”, dijo durante el acto que tuvo un emotivo minuto de silencio en homenaje a los fallecidos.


El mandatario sustentó la demanda en el criterio de que los hechos y argumentos legales expuestos por el informe final del GIEI demostraron con claridad de que en Bolivia se dio un golpe de Estado, informó la Agencia Boliviana de Información.


Además, manifestó que el documento dejó constancia de que en la ruptura del orden constitucional hubo “graves violaciones a los derechos humanos”, que se "perpetraron masacres y ejecuciones extrajudiciales" por parte del Gobierno de facto.


"Este informe debe servir para que lo sucedido en nuestra amada paria no se repita nunca más en nuestro país ni en ningún otro país de la región, ni en ninguna parte del mundo”, concluyó.


Por otro lado, anunció el compromiso de la implementación de las recomendaciones del informe final del GIEI: "Estableceremos una comisión del más alto nivel para avanzar en el censo de las víctimas y su correspondiente reparación integral".


"Asimismo, siguiendo la sugerencia, vamos a desestructurar toda organización parapolicial y grupos irregulares creados como fuerza de represión paralela al Estado”, aseveró.


Publicado en:

https://www.telam.com.ar/notas/202108/565352-bolivia-derechos-humanos-masacre-golpe-estado-evo-morales-senkata-sacaba.html

martes, 14 de enero de 2020

BOLIVIA: CORRE SERIO RIESGO LA VIDA DE CARLOS ROMERO

publicado por Revista PPV

Difundimos comunicado denuncia

Denunciamos ante la opinión pública internacional que corre serio peligro la vida, la integridad personal y la libertad de Carlos Romero, ex ministro del gobierno de Evo Morales Ayma.

Desde hace varios días viene siendo acosado y asediado por grupos de choque que actúan bajo la aquiescencia del régimen de facto de Janine Añez. Mientras se encontraba en su domicilio, estos grupos cortaron suministro de agua y energía eléctrica; impidieron e ingreso de alimentos y lo mantuvieron incomunicado.

Después de largas gestiones realizadas por la Defensoría del Pueblo, se logró evacuarlo de su domicilio en una ambulancia hacia una clínica. El diagnóstico médico es desalentador, Carlos Romero tiene: hipertensión arterial sistémica, síndrome úlcero péptico y deshidratación.

Ni siquiera su estadía es tranquila en la clínica. Esta rodeado de policías hasta en su habitación y en las afueras se han apostado en carpas estos grupos de choque.

Exigimos que el régimen de facto en Bolivia garantice la vida, la libertad y la locomoción de Carlos Romero. Solicitamos a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgue las medidas cautelares para garantizar dicho objetivo.

Publicado en:
https://www.facebook.com/822511284530794/posts/2640803702701534/

miércoles, 20 de noviembre de 2019

Videos de la represión en Bolivia: seis muertos en El Alto y más de 20 heridos, por "Página 12" del 19-11-19

Imagen: RONALDO SCHEMIDT / AFP

Evo Morales denuncia la masacre

Fuerzas militares y policiales dispararon contra la multitud que bloqueaba una planta de combustibles. Ruegos desesperados de las víctimas para que se conozca lo que pasa en Bolivia bajo el Golpe de Estado. 


Al menos seis personas murieron y otras 22 resultaron heridas en la localidad de San Antonio de Senkata, en El Alto, durante una represión coordinada entre la Fuerzas Militares y la Policía para levantar un bloqueo sobre una planta de abastecimiento de combustible. "Denuncio ante el mundo que el gobierno de facto al estilo de dictaduras militares nuevamente mata a mis hermanos de El Alto", escribió el presidente depuesto Evo Morales en sus redes. 

Los manifestantes denunciaron la ausencia de medios de comunicación y de asistencia sanitaria suficiente durante la represión que, según otras fuentes, ya habría provocado 8 muertes en total en una sola  jornada. Antes de que se difundieran los videos de los asesinatos, el ministro de facto de Hidrocarburos, Víctor Hugo Zamora, había sostenido: "Excepto el uso de gases, pedimos que se evite la agresión". 


Tras la represión comenzaron a difundirse, a través de las redes sociales, videos y fotos en las que se ve a los uniformados disparar de manera indiscriminada a la altura de la cabeza de los manifestantes. 

"Estaba colaborando con un herido y oí los disparos. El compañero murió en mis manos por un tiro de bala que se alojaba en el corazón. Le pido a médicos, enfermeras, a la Cruz Roja que vengan a ayudar", imploró un médico de la posta sanitaria de Senkata, que asistía a las víctimas. En otro video, el médico confirmó la muerte de 6 personas, cuando la Defensoría del Pueblo reconocía, por el momento, 3. 



En Senkata, a 40 kilómetros del centro de La Paz, los manifestantes bloqueaban el ingreso a la planta de combustible que abastece a la capital boliviana, finalmente despejada a fuerza de represión. 

"Pido a los militares patriotas y nacionalistas dejar de usar contra nuestros hermanos bolivianos el equipamiento que les dotamos con recursos conseguidos gracias a la lucha del pueblo. Que las FFAA no manchen su honor con la sangre del pueblo por sostener a un gobierno de facto", exigió Morales tras los acontecimientos. 

Las nuevas víctimas fatales, que podrían llegar a las 8, se suman a las 9 provocadas por la represión ocurrida el viernes pasado en Cochabamba . Ya suman entre 28 y 30 desde el golpe de estado.

Luego de que la presidenta de facto, Jeanine Añez, firmara el sábado pasado el decreto que exculpa a las Fuerzas Armadas de cualquier responsabilidad durante la represión a las protestas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos anunció una visita inmediata frente al "riesgo de impunidad para violaciones de DDHH". 






Publicado en:
https://www.pagina12.com.ar/231924-videos-de-la-represion-en-bolivia-seis-muertos-en-el-alto-y-

sábado, 16 de noviembre de 2019

CIDH: "El grave decreto de #Bolívia por su estilo estimula la represión violenta."



Sin demasiada diplomacia la CIDH condenó en tres tuits las acciones de la dictadura cívico-militar boliviana, surgida del Golpe de Estado del que fue víctima el presidente Morales.












Publicado en:
https://twitter.com/CIDH/status/1195817634169790471 

LA CIDH CONDENA LA REPRESIÓN GUBERNAMENTAL EN BOLIVIA










viernes, 22 de diciembre de 2017

Lorenzino lleva el reclamo contra la reforma jubilatoria a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por "info135" del 22-12-17


22 diciembre, 2017 

Después de presentarse en la Justicia para que declare la inconstitucionalidad de la reforma del sistema previsional, el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, pidió una medida cautelar por este tema ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.




“Las modificaciones aprobadas por el Congreso no sólo van en contra de lo que dice la Constitución, sino que también rompe con los postulados de varios tratados internacionales, por lo que creemos también necesario llevar la discusión a otro nivel”, aseguró Lorenzino.

De esta manera, el organismo le da continuidad al reclamo por los damnificados por los cambios en las jubilaciones, pensiones ordinarias, pensiones no contributivas y la Asignación Universal por Hijo (AUH).

La presentación ante la Comisión Interamericana tiene que ver con que la reforma genera una disminución de los ingresos alimentarios, además de la sensible pérdida del poder adquisitivo entre los beneficiarios. También va en rechazo a la movilidad de haberes según la inflación, y que no reconoce la garantía del 82% del salario mínimo vital y móvil para los que accedieron a la jubilación por moratoria.

“Queremos que la Comisión analice la gravedad de los cambios regresivos introducidos a la norma, que vulneran el derecho de propiedad, la igualdad ante la ley, la movilidad jubilatoria, la no discriminación, el principio de progresividad y el no retroceso en materia de seguridad social, y que producirá daños irreparables para quienes están dentro del sistema previsional”, puntualizó Lorenzino.

Publicado en:
https://info135.com.ar/2017/12/22/la-defensoria-fue-a-la-justicia-para-que-se-declare-inconstitucional-la-reforma-jubilatoria/

lunes, 27 de noviembre de 2017

La Corte Interamericana ordenó reponer la domiciliaria, por "Página 12" del 27-11-17


"Garantizar la vida, integridad personal y salud de Milagro Sala"

La Corte Interamericana de Derechos Humanos requirió al Estado argentino que adopte “de manera inmediata” medidas de protección en favor de la diputada del Parlasur: ordenó que cumpla su prisión preventiva en arresto domiciliario o bajo algún régimen menos restrictivo para sus derechos. También remarcó que “debe prevalecer el principio de la libertad del procesado mientras se resuelve sobre su responsabilidad penal”. El Gobierno tiene hasta el 15 de diciembre para informar cómo cumplirá la resolución.


El máximo organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos dictó una medida provisional en favor de Milagro Sala e instó a que el Estado argentino sustituya la prisión preventiva por el arresto domiciliario o alguna medida menos restrictiva de sus derechos, como una régimen de presentación en el juzgado, una tobillera electrónica o la retención de su pasaporte.


Primera reacción oficial tras la resolución de la Corte IDH | La pelota a la Justicia jujeña
La cautelar de la Corte Interamericana de Derechos Humanos llegó tras una presentación de la Comisión Interamericana (CIDH), que consideró que las autoridades argentinas no cumplieron con la resolución en la que dispuso que se cumpla al menos el arresto domiciliario de Sala. Para la CIDH “el Estado incumplió estas medidas cautelares y agudizó la situación de riesgo para la señora Sala”.



La líder de la Tupac Amaru fue trasladada el 31 de agosto al domicilio de La Ciénaga, que no era su vivienda y no se encontraba en condiciones para ser habitada, pero fue el sitio dispuesto por los jueces como el lugar para su arresto domiciliario. Allí permaneció durante un mes y medio: el 29 de septiembre la Cámara de Apelaciones y Control de de Jujuy revocó las decisiones de primera instancia que ordenaron la domiciliaria y el 14 de octubre agentes de la policía jujeña volvieron a llevar a Sala al Penal de Alto Comedero.

Ahora la Corte Interamericana dispuso que se restituya ese beneficio. Lo hizo a través de una medida provisional que tiene “un carácter no sólo cautelar”, sino “fundamentalmente tutelar” porque protege derechos humanos y busca evitar daños irreparables a las personas. El artículo 63.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos “obliga a los Estados a adoptar las medidas provisionales” que ordene el tribunal.


La Corte mencionó especialmente el maltrato y el hostigamiento que comprobó la Comisión Interamericana en su visita a Jujuy en junio de este año y además hizo hincapié en episodios de estrés severo sufridos por la diputada del Parlasur que derivaron en autolesiones graves. “De acuerdo a varios informes médicos y psicológicos, la señora Milagro Sala se encuentra atravesando una grave crisis psicológica, atada a los diversos procesos judiciales que se le siguen y a su internamiento en la penitenciaría, lo cual ha causado en dos ocasiones que la señora Sala se autolesione”, menciona la Corte IDH.

Ante la situación de grave riesgo a la integridad personal y a la salud de la dirigente, el tribunal ordena que las autoridades argentinas adopten “medidas para garantizar su vida, integridad personal y salud”. Por eso, en su parte resolutiva afirma que “el Estado debe sustituir la prisión preventiva de la señora Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario, que deberá llevarse a cabo en su residencia o lugar donde habitualmente vive, o por cualquier otra medida alternativa a la prisión preventiva que sea menos restrictiva de sus derechos que el arresto domiciliario”.

Como ejemplo de esas medidas alternativas la Corte mencionó la posibilidad de una medida de presentación, una tobillera o la retención de su pasaporte, al tiempo que remarcó su posición y su jurisprudencia frente a las prisiones preventivas. Recordó que “debe prevalecer el principio de la libertad del procesado mientras se resuelve sobre su responsabilidad penal” y que por eso “la regla debe ser la libertad del procesado, no su internamiento”. En esa línea, advirtió que queda abierta la posibilidad de que el tribunal se analice “situaciones de extrema gravedad, urgencia e irreparabilidad respecto de otros derechos, (…) tales como la libertad personal”, sobre las que podría ordenar otra medida provisional.

El Estado argentino, que en su presentación ante la Corte Interamericana solicitó que se desestimara la solicitud de medidas provisionales, tendrá plazo hasta el 15 de diciembre para presentar “un informe completo y detallado” sobre los pasos que piensa seguir para cumplir con la resolución y cada tres meses deberá informar a la Corte sobre las medidas adoptadas.

Mañana a las 12.30 el Cels brindará una conferencia de prensa sobre la decisión del tribunal, en la que brindará los detalles sobre las implicancias de la medida dispuesta por el organismo y la responsabilidad del Estado Nacional.

Publicado en:
https://www.pagina12.com.ar/78812-garantizar-la-vida-integridad-personal-y-salud-de-milagro-sa

INFORMACION RELACIONADA:

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"Las decisiones de la Corte son de cumplimiento", admitió el secretario de Derechos Humanos Claudio Avruj. Sin embargo, dejó ese cumplimiento en manos del Poder Judicial de Jujuy: "Estoy seguro de que la justicia jujeña actuará en consecuencia", dijo.




sábado, 14 de octubre de 2017

Esposada, descalza y en piyama, por Horacio Verbitsky (para "Página 12" del 14-10-17)

Cómo fue el violento traslado de Milagro Sala al penal de Alto Comedero

El traslado se realizó por orden del juez Pablo Pullén Llermanos. La dirigente social fue sacada a la fuerza y sin notificación previa de la casa de La ciénaga, donde cumplía arresto domiciliario tras la cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. La llevaron a la cárcel donde ese organismo advirtió que corren riesgo su vida y su integridad física.
Por Horacio Verbitsky

El gobierno del contador Gerardo Morales trasladó en forma violenta a la dirigente social Milagro Sala al penal de Alto Comedero. Su esposo, Raúl Noro, denunció que se la llevaron esposada, descalza y en piyama, una más de la larga serie de humillaciones y menoscabos con las que el gobierno de la Alianza Cambiemos procura la destrucción física y moral de la líder que construyó la organización social más importante y original del país. Consultado para esta nota el coordinador de la Túpac Amaru y del Frente Milagro Sala por el Trabajo y la Dignidad, Coco Garfagnini, consideró que se trata de una provocación a una semana de las elecciones y exhortó a no entrar en ese juego con respuestas espontáneas a la indignación que esto suscita. A las 12.30 en la sede del CELS, Piedras 547, se realizará una conferencia de prensa en la que la defensora de Milagro, Elizabeth Gómez Alcorta, informará sobre lo ocurrido y los pasos a seguir.

Con las primeras luces de la mañana un operativo policial con despliegue de grupos especiales se presentó en el domicilio del barrio La Ciénaga donde Milagro Sala cumplía su prisión preventiva, sin notificación previa ni conocimiento de sus abogados defensores. La orden de Morales fue ejecutada por el juez provincial Pablo Pullen Llermanos. En su punto IV dispuso no comunicar lo resuelto a los defensores de Milagro Sala para asegurar el cumplimiento de la orden, lo que equivale a confesar por escrito una violación al derecho de defensa.


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos había concedido la medida cautelar solicitada por Amnistía, el CELS y ANDHES y ordenado que Milagro quedara en libertad o bajo prisión domiciliaria. Luego de una minuciosa investigación que incluyó entrevistas con Morales y una visita a Milagro en su lugar de detención, la CIDH concluyó que había grave riesgo para su vida e integridad, de permanecer en el penal. A regañadientes Morales aceptó el traslado a esa vivienda, pero con condiciones restrictivas como el estacionamiento de un destacamento de Gendarmería en la puerta, cámaras de seguridad activas las 24 horas, un régimen de visitas estricto en horarios y limitado en número. Esto contraría la ley de ejecución penal, que prohíbe en forma taxativa que las personas en prisión domiciliaria sean controladas por fuerzas de seguridad. Ni uno del centenar y medio de detenidos en prisión domiciliaria por crímenes de lesa humanidad son controlados por fuerzas de seguridad. Pullen Llermanos también incluyó la obligación de asomarse tres veces por día al balcón y saludar a los gendarmes. Sala resignificó esa condición humillante, con el saludo: "Buen día, gendarmes. ¿Dónde está Santiago Maldonado?" Esto enfureció a Morales, quien ordenó devolverla al penal. La orden fue protocolizada por la Cámara de Apelaciones y Control de Jujuy, en una resolución que confunde a la Comisión con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, no distingue entre una petición y una medida cautelar, cita en forma errónea jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y desconoce la primacía del bloque de constitucionalidad que integran las Convenciones Internacionales de Derechos Humanos sobre las decisiones de los tribunales provinciales. La decisión fue apelada por la defensa de Milagro Sala ante la Cámara Nacional de Casación Penal, lo cual tiene efecto suspensivo. La Cámara de Apelaciones y Control aceptó el recurso y lo elevó a la Cámara de Casación, por lo que la nueva orden de traslado firmada por Pullen Llermanos no tiene fundamento jurídico, ya que perdió jurisdicción en la causa, que ahora está radicada en la Cámara Nacional de Casación Penal. A las 8 de hoy Pullen Llermanos llegó al penal para notificar a Milagro de la resolución que firmó revocando la prisión domiciliaria, mientras la dirigente social aguardaba la llegada de los médicos para la revisación previa al trámite formal de ingreso. Los fundamentos que la policía dejó en la casa de la cual fue extraída en forma violenta Milagro, dicen que Pullen Llermanos revocó su propia decisión de trasladarla a esa casa porque Milagro se negó a realizarse estudios en el Hospital Soria de Jujuy. Sin asomo de ironía el juez dice que así vela por su vida, que según la CIDH está en riesgo en la cárcel a la que fue devuelta. El CELS notificó la novedad a la Comisión Interamericana y al Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria, que también ordenó su libertad. La solución de fondo la tiene la Corte Suprema de Justicia, que desde abril demora un pronunciamiento sobre la prisión preventiva en dos causas: una por sus fueros como parlamentaria del Parlasur, otra porque no existe riesgo de fuga ni de entorpecimiento de la investigación. La Corte es el único tribunal del país que no tiene plazos para resolver en una causa con personas detenidas. Cuando la CIDH dictó la medida cautelar, un juez de la Corte Suprema me dijo que tenían una resolución preparada disponiendo la libertad de Milagro, pero que ante el pronunciamiento interamericano no la firmarían. Esta cobardía del tribunal supremo permite los atropellos a la legalidad del señorío jujeño de Morales y sus jueces.





Publicado en:
https://www.pagina12.com.ar/69140-esposada-descalza-y-en-piyama

INFORMACIÓN RELACIONADA:

El presidente de la CIDH manifestó su preocupación por la persecución a Milagro Sala
“Este traslado es muy grave"
Francisco Eguiguren dijo que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos "fue clara al dictar la medida cautelar" sobre el caso de la dirigente social y remarcó que "es un retroceso” que haya sido llevada nuevamente al penal de Alto Comedero. Adelantó que ese organismo analizará la situación y determinará los pasos a seguir.

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La abogada de Sala y el CELS advirtieron sobre el propósito de Macri y Morales
"Quieren a Milagro muerta"
Elizabeth Gómez Alcorta detalló cómo la dirigente social fue llevada violentamente de nuevo al penal de Alto Comedero. Además, dio cuenta de la ilegalidad del procedimiento y por ello lo calificó como un secuestro. Responsabilizó al Presidente y al gobernador de Jujuy por lo que pueda ocurrirle a Sala.




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Autos sin patente y un fuerte operativo de seguridad
Imágenes del traslado de Milagro Sala


Arriba: Un juez ajeno a la causa (que está en manos de la Cámara, ya no de él), procedimiento sin comunicarle a los abogados de la defensa, autos sin patente... Lo llaman ESTADO DE DERECHO... ... ...
La Constitución, te la debo... ... ... 
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domingo, 30 de julio de 2017

Eguiguren: “Su permanencia en prisión pone en riesgo su vida”, entrevista realizada por Alejandra Dandan para "Página 12" del 30-07-17



"Su permanencia en prisión pone en riesgo su vida"
Francisco Eguiguren, presidente de la CIDH


Francisco Eguiguren, presidente de la CIDH, explica la cautelar del organismo sobre Milagro Sala
El comisionado, que visitó hace un mes y medio a la líder de la Tupac Amaru en prisión, señala que se trata de un caso excepcional y detalla que la CIDH se pronunció sobre las condiciones de detención. Pero también aseguró que la resolución de la ONU que reclama la liberación de Milagro Sala debe ser cumplida.


Por Alejandra Dandan

Francisco Eguiguren es el presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Hace un mes y medio, junto con la relatora Esmeralda Arosemena de Troitiño, estuvo en Jujuy, en el Penal del Alto Comedero y visitó a Milagro Sala. También se reunió con el gobernador Gerardo Morales. En esta entrevista con PáginaI12, el comisionado peruano explica los alcances de la medida cautelar que el organismo internacional dictó respecto a la líder de la Tupac Amaru. Señala que se trata de un caso excepcional y que no estaba dentro de las atribuciones de la CIDH en esta instancia pronunciarse sobre si la detención es arbitraria –”la Comisión no ha entrado por ahí, porque no puede¨, señaló– sino por las condiciones de encierro. En ese punto, concluyeron que Milagro Sala corre peligro y que por eso debe salir de la prisión. “El hostigamiento por exceso de vigilancia, procesos disciplinarios, multitud de procesos judiciales, le han ido creando un cuadro de agobio que atañe su integridad psíquica, moral, y eso le genera un cuadro peligroso para su vida y su integridad. La Comisión llega a la conclusión, sin entrar a analizar los procesos, de que su permanencia en prisión pone en riesgo su vida severamente y por eso considera que cualquier continuidad de juicio debe darse o fuera de la cárcel en un arresto domiciliario o en libertad sometida a procedimientos de control”. Aclara, también, que la cautelar de la CIDH y la resolución del Grupo de Trabajo sobre las Detenciones Arbitrarias de la ONU que dijo que Milagro Sala debía ser liberada de inmediato no son excluyentes. La CIDH, de hecho, resaltó en su medida cautelar, la decisión de la ONU sobre la arbitrariedad de la detención.  “Esa decisión existe. Y nosotros creemos como regla que las decisiones de los organismos internacionales, cada uno en su competencia, deben ser respetadas”, afirma Eguiguren.

–¿Qué tuvo de particular la resolución cautelar respecto a Milagro Sala? ¿Hubo un cambio respecto del accionar del organismo?


–La medida cautelar estaba referida esencialmente al tema de la detención de Milagro Sala, a que se consideraba arbitraria y se pedía su libertad. La Comisión Interamericana –desde hace varios años y desde su reforma reglamentaria de 2013, casi de manera unánime– cada vez que se le ha interpuesto un pedido de libertad ha dicho que no puede pronunciarse sobre el asunto y no ha otorgado la cautelar por considerar que eso implicaría un pronunciamiento sobre el fondo del caso y que todo lo que tiene que ver con alegaciones a violaciones al debido proceso tiene que analizarse en el sistema de peticiones y casos y no en una cautelar. En el camino, también los peticionarios fueron planteando el tema de las condiciones de detención de Milagro Sala. Y ese tema sí ha sido abordado por la Comisión en diversos casos, para velar para que las condiciones de detención cumplan estándares internacionales, en cuanto a seguridad para la vida, integridad, derecho a defensa, comunicación, etcétera. Esto ocurre a finales del año pasado, cuando la Comisión considera, ante la invitación del gobierno argentino, que era muy importante apreciar en el terreno las condiciones de detención de Milagro Sala, más allá de la abundante información que nos han ido proporcionando tanto el Estado como los peticionarios. Fue así que junto a la comisionada Arosemena hicimos la visita a Jujuy. Hablamos con el Gobernador y las autoridades locales y fuimos a la cárcel y hablamos con Milagro Sala. La Comisión busca que sea un caso especial y no necesariamente aplicable a otros, porque la Comisión no puede pronunciarse así cada vez que una persona detenida diga “denme la libertad”. La Comisión por regla general esas cautelares las rechaza. La Comisión ha tenido en cuenta que el caso de Milagro Sala es un caso excepcional porque se trata de una dirigente social importante, de un caso que concita el interés y un debate en Jujuy entre los sectores que la apoyan y el gobierno provincial. Y a nivel nacional de la prensa, del gobierno y oposición. O sea, no es un caso de una persona detenida cualquiera. Es una dirigente social a la cual se le imputa un conjunto de delitos. La Comisión no puede calificar en una cautelar si hay mérito o no para denunciarla judicialmente, pero lo que sí puede hacer y en este caso es lo que hizo, es decir que aunque las condiciones materiales en las que Milagro Sala se encuentra en este centro de detención son razonables dentro de los estándares internacionales, hay condiciones que agravan su privación de la libertad. Por ejemplo, exceso de una vigilancia agobiante que no la deja moverse con libertad. Muchos procesos administrativos, sumarios, que le llamaban, cuando ella ha reclamado un derecho propio o de otras internas. Entonces, estas condiciones de detención, hostigamiento por exceso de vigilancia, procesos disciplinarios, multitud de procesos judiciales, le han ido creado un cuadro de agobio que atañe su integridad psíquica, moral, y eso le genera un cuadro peligroso para su vida y su integridad. Con lo cual la Comisión llega a la conclusión, sin entrar a analizar los procesos, de que su permanencia en prisión pone en riesgo su vida severamente y por eso considera que cualquier continuidad de juicio debe darse o fuera de la cárcel en un arresto domiciliario o en libertad sometida a procedimientos de control que tienen en Argentina, como los brazaletos o cualqueir restricción de salida. Ese es el razonamiento. A partir de los efectos que las condiciones de detención causan sobre ella, en resguardo de su vida y de su integridad, y del hecho de que es un indudable caso de una dirigente política social enfrentada con las autoridades locales, es que la CIDH llega a esta conclusión y le dice al estado argentino que consideramos que debe continuar cualquier juzgamiento que ella tenga sea en arresto domiciliario o en libertad, con las restricciones del caso. Eso es el razonamiento que hemos seguido, que no ha sido unánime dentro de la CIDH, que marca un avance internamente, donde sin entrar a analizar si la detención es arbitraria o no, si los juicios tienen fundamento o no, si es inocente o culpable, sí concluimos desde las condiciones concretas que ella sufre en la prisión el peligro de riesgo para su vida y su integridad.

–La novedad entonces residiría en que la CIDH habilitó el caso por haber entendido que era dirigente social.

Sí y queremos recalcarlo, este es un caso muy singular por tratarse de una dirigente política social. Independientemente de que los delitos que le imputen no sean de ese tipo, sí se originan en función del ejercicio de su función de liderazgo de una organización cooperativa. Y porque es un caso que se ventila en la prensa, que tiene indudable trascendencia política entre el gobierno y la oposición. No es un caso cualquiera, y el hecho de que ella se haya autolesionado por esta desesperación y el agobio de la situación que continúa. Y dado que la Comisión ha aprobado un informe que aún no se difundió que reafirma que la prisión preventiva viene siendo objeto de abuso en América Latina y que debe ser un mecanismo excepcional que solo se debe utilizar en caso de grave peligrosidad, peligro para las investigaciones o testigos o riesgos de fuga. Pero que la regla debe ser el juzgamiento en liberad o en todo caso con medidas restrictivas. Esa regla consideramos que aplicaba perfectamente en este caso.

–Algunas interpretaciones sostenían que la Comisión “recomendaba que siga en prisión”. ¿La Comisión recomienda que Milagro Sala siga presa o recomienda la libertad?

La Comisión recomienda que si ella sigue sometida a los juicios, los procesos deben desarrollarse en prisión domiciliaria o en libertad con medidas de restricción como pueden ser los brazaletes electrónicos pero no dentro de la cárcel. Lo que queda claro es que en la cárcel no.
–Pero ustedes también hacen expresa mención a la decisión del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de ONU, que resolvió que el estado argentino debe liberar a Milagro Sala de modo inmediato porque su detención es arbitraria.

–Es bien importante que se tenga en cuenta la distinta naturaleza del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitrarias de ONU. Ya su nombre lo indica, ellos analizan si una detención es arbitraria o no. La Comisión Interamericana es un órgano regional y en medidas cautelares, como he dicho, no se pronuncia sobre la naturaleza de una detención. Nuestra cautelar no se pronuncia ni sobre la detención, ni sobre los juicios, ni sobre si es inocente o culpable. Son dos competencias diferentes. La Comisión lo que evalúa son las condiciones de detención y la protección de sus derechos. Sobre el pronunciamiento del GTDA, la Comisión respaldó la decisión por un tema de principios, porque somos organismos internacionales y el Estado debe respetar las decisiones de los organismos internacionales dado que es un sistema del que es parte. Resolvemos acá lo que a la Comisión le corresponde. El Estado argentino tiene la recomendación del GTDA hace muchos meses, y eso sigue ahí. Lo nuestro es un camino distinto, dentro de nuestra competencia.

–Los dos pronunciamientos entonces no son excluyentes.

–Los dos existen, cada quien en el campo de su competencia. Para ser claro, si la CIDH hubiera tenido que pronunciarse sobre el carácter de la detención arbitraria política o no y su libertad la medida cautelar hubiese sido desestimada. Por eso la Comisión no ha entrado por ahí, porque no puede.

–Por eso en el texto, en el párrafo 45, dejan salvado que el pronunciamiento de la ONU existe.

–Claro, la decisión existe. ¡La decisión existe! Y nosotros creemos como regla que las decisiones de los organismos internacionales, cada uno en su competencia, deben ser respetadas. Los procesos que tiene la señora Milagro Sala llevan bastante tiempo, un año y medio. La realidad va cambiando también. En el camino hay decisiones judiciales. Y en el camino lo que la prisión le ha ido produciendo también es un hecho que nosotros hemos evaluado. Los dos pronunciamientos tomaron temas diferentes.

–¿En quince días el Estado debe cumplir o tiene quince días para resolver?

–Las dos cosas. Se le da un tiempo para que realicen las acciones que emanan de las recomendaciones y nos informen qué hicieron al respecto. Ahora, entiendo que también sigue pendiente en la Corte Suprema un recurso extraordinario. Creo que están en feria judicial. Pero puede ser un primer escenario para que esto se resuelva.

–¿Están pensando en esta alternativa?

–Nosotros recomendamos al Estado. El Estado tiene que ver cuál es el medio para tratar de cumplir estas recomendaciones. Sin duda, un medio es la resolución judicial pendiente. Puede haber otras.

–El gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, dijo en enero que una cautelar de la CIDH debía cumplirse. Sin embargo, distintas esferas del gobierno relativizaron la medida diciendo que no era vinculante o de cumplimiento efectivo. ¿Cuál es el carácter que esta resolución tiene para el Estado argentino?

–La palabra recomendación siempre se presta a conjeturas. Es una deformación de origen diplomático. Hay algunos estados del continente que dicen que la Comisión no tiene competencia para dar cautelares y por lo tanto no les hacen caso, o les hacen caso cuando quieren. Son muy pocos estados. Para la CIDH no cabe duda que la medida cautelar está expresamente contemplada por su reglamento en su artículo 25. Por lo tanto, las medidas cautelares para la Comisión son parte de su competencia y las recomendaciones que disponen deben ser cumplidas por los Estados.

–¿En caso de no cumplir cuáles son las sanciones para un Estado?

–La verdad es que en la mayoría de los casos las cautelares son cumplidas. Puede haber dificultades pero hay medidas que son casi inmediatas. Un caso que se comentó mucho es el del señor Leopoldo López, de Venezuela. Tenía referencia de una condena. La cautelar de la Comisión fue otorgada hace bastante tiempo, no se pronunciaba ni sobre la condena ni sobre la libertad, que era lo que pedían los interesados. Pero sí sobre las condiciones carcelarias y, aunque Venezuela no permite que visitemos el país, hemos tenido seguimiento riguroso con el Estado y familiares del señor López. Ahora ya goza de arresto domiciliario. Nosotros le damos seguimiento a las cautelares independientemente de las respuestas del Estado. Pero el estado argentino siempre ha sido muy claro en su compromiso con el sistema interamericano y respeto de sus decisiones. Al menos a nivel gubernamental, nosotros hemos escuchado permanentemente ese tipo de declaración.

–¿Quién debe cumplir la medida? Porque, al igual que con la resolución del GTDA, el ejecutivo salió a decir que el responsable era Jujuy. Y luego la justicia de Jujuy. ¿La CIDH a quién le habla?

–La Comisión se relaciona con el Estado, que está representado por el gobierno nacional. Somos conscientes que el gobierno tiene competencias y limitaciones. Es evidente que la prisión preventiva sobre la señora Sala tiene origen judicial. Formalmente no es que la ha puesto presa el gobierno. Hay decisiones judiciales. Fijese que el 21 de agosto se desarrolla en Costa Rica una audiencia de la CorteIDH precisamente por el caso Fontevecchia y la decisión de la Corte Suprema de Argentina sobre esto. Somos conscientes de que el primer escenario donde esto tiene y puede resolverse es el Poder Judicial. Hay jueces competentes para su juzgamiento. Y hay un recurso extraordinario ante la Suprema Corte.  Hay un primer escenario que es el judicial. Los gobiernos reciben la cautelar y corren traslado a las instancias del Estado que corresponden pero, claro, pueden también tener una opinión al respecto. A mí no me corresponde decidir cómo es que el Estado argentino va a manejar este asunto, sólo vamos a estar pendientes. La Comisión considera que sus recomendaciones deben ser tomadas en cuenta por órganos del Estado sean del Poder Ejecutivo o del Judicial. No quisiera interferir en los caminos del Estado. Hemos dado una decisión y nos interesa el cumplimiento de la misma. No quiero sugerir escenarios.

–¿Hablaron con Morales de alternativas?

–No. Nosotros quisimos tomar conocimiento de la información que nos daba el gobernador antes de visitar el penal y de conocer a la señora Sala y poder conversar con ella y sus abogados. Nosotros no adelantamos ningún comentario. Respecto al carácter o contenido o medida cautelar tampoco nos parecía correcto.  La Comisión no negocia sus resoluciones.

–¿Por qué tienen en cuenta la condición de líder social, de mujer e indígena de Milagro Sala?

–Independientemente del caso de la protesta social y el acampe, que tiene sentencia suspendida, los otros delitos son delitos propios de su función de líder. Nos queda claro que son actos vinculados con su función de dirigenta social. Todo lo que tiene que ver con manejo de fondos, si son recepción de fondos públicos, tienen una característica particular: están vinculados al ejercicio de una función de representación social. Y además es muy singular por las repercusiones que tiene.

–Remarca mucho que es un caso excepcional

–Sí. Es que la Comisión no es una cuarta instancia ni puede interferir en los procesos judiciales de un país. Y si va a calificar el carácter de una detención o las violaciones al debido proceso de la misma, eso lo hace a través del sistema de peticiones y casos y no de las medidas cautelares.

Publicado en:
https://www.pagina12.com.ar/53359-su-permanencia-en-prision-pone-en-riesgo-su-vida


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viernes, 28 de julio de 2017

CIDH otorga medida cautelar sobre Milagro Sala en Argentina, por OAS.org del 28-07-17



COMUNICADO DE PRENSA  
Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
Tel: +1 (202) 370-9000
28 de julio de 2017
   
Washington, D.C. - El 27 de julio de 2017 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó una medida cautelar con base en la solicitud presentada en relación con la situación de la señora Milagro Sala, quien se encuentra privada de la libertad, desde enero de 2016, en la Unidad 3 de Mujeres del Servicio Penitenciario de la provincia de Jujuy, conocida como “Penal del Alto Comedero”, en Argentina.

Tras valorar la información aportada por el Estado argentino y los solicitantes, así como las constataciones realizadas en su visita el 16 de junio de 2017, la Comisión concluyó que la señora Milagro Sala se encuentra en una situación de gravedad y urgencia toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable.

La Comisión tomó en cuenta que existen una serie de particularidades que rodean la privación de la libertad de la señora Milagro Sala e identificó múltiples factores de riesgo que incluyen presuntos hostigamientos, una amenaza de muerte y agresiones en su contra. Asimismo, la Comisión verificó la continuidad de la privación de la libertad de la señora Sala, a pesar del pronunciamiento del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Detención Arbitraria que en su opinión 31/2016, publicada en octubre de 2016, calificó tal detención como arbitraria y violatoria de los estándares del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, llamando a su liberación inmediata. La Comisión determinó que la suma de las fuentes de riesgo identificadas se traduce en una situación de riesgo a la vida e integridad de la señora Sala que requieren medidas inmediatas para salvaguardar sus derechos.

En consecuencia, la Comisión solicitó al Estado argentino que: a) adopte las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad personal de la señora Milagro Sala; b) concierte las medidas a adoptarse con la beneficiaria y sus representantes; y c) tomando en cuenta la excepcionalidad de la prisión preventiva, y el agravamiento de la situación riesgo a la vida e integridad personal como resultado de las particularidades que tiene la continuidad de la privación de libertad de la beneficiaria, así como los presuntos hostigamientos que habría enfrentado y la necesidad de salvaguardar tales derechos, las autoridades competentes adopten, a la luz de los estándares descritos, medidas alternativas a la detención preventiva, como el arresto domiciliario, o bien, que la señora Milagro Sala pueda enfrentar los procesos en libertad con medidas como la fiscalización electrónica.

La Comisión indicó que el otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros instrumentos aplicables.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 107/17

LEER LA MEDIDA CAUTELAR COMPLETA DE LA CIDH

Publicado en:
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2017/107.asp

CIDH: "Milagro Sala no puede permanecer en la cárcel", por "Página 12" del 28-07-17



Tras 559 días de "detención arbitraria"

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió que el Gobierno Nacional tiene "la obligación" de cumplir con la "liberación inmediata" de la militante de la Tupac Amaru, tal como había recomendado el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas. El Ministerio de Justicia transmitió la resolución a los poderes Ejecutivo y Judicial de Jujuy.

La respuesta de la CIDH es ante la cautelar presentada por el CELS, Aministía Internacional y Andhes, que calificaron de "extorsiva" la detención y sostuvieron que el objetivo es “desarticular" la protesta social. La cautelar aceptada por la CIDH contra el Estado argentino es la primera de este tipo en toda la historia del organismo de derechos humanos.  


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El titular del CELS, Horacio Verbitsky, destacó que el pronunciamiento de la CIDH se da "en función a las irregularidades que el Estado ha cometido" y explicó que los integrantes del organismo internacional se limitaron a una recomendación debido a que están "imposibilitados de pronunciarse sobre cuestiones de debido proceso" a partir de una cautelar. De todas formas, Verbitsky destacó que se trata de la primera cautelar en la historia del organismo. 


Verbitsky también respondió al rápido comunicado emitido por el Gobierno Nacional, que proclamó su respeto al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, sin aludir a la obligación de cumplir sus dictámenes, y se atajó advirtiendo que había transmitido la resolución del organismo regional al gobierno y a la Justicia de Jujuy. "Celebramos que el Gobierno Nacional respete el sistema interamericano de derechos humanos, pero se ratifica cumpliendo las resoluciones", advirtió el titular del CELS. 

Al hacer lugar a la cautelar, la CIDH subrayó la condición de "mujer, indígena, prominente líder social e integra de un sector representativo de la oposición política en Jujuy", lo que ratifica también la denuncia de que la líder de la Tupac Amaru es "una presa política", insistió Verbitsky. 

Uno de los argumentos esgrimidos por los Ejecutivos nacional y jujeño de Cambiemos para incumplir con el sistema interamericano fue que los organismos internacionales no contaban con toda la información respecto de las causas contra Sala e invitaron tanto a los representantes de la CIDH como al Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU a visitar el país.

La comisión presidida por Francisco Eguiguren —quien visitó a Milagro en el penal de Alto Comedero junto con la comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño— advirtió hoy que la decisión de reclamar "la liberación inmediata" se tomó tras revisar "todos los procesos" en contra de la líder social y resaltó que poseía toda la información aportada por el Estado, inclusive de primera mano, en el caso de Gerardo Morales, con quien la CIDH se reunió a mediados de junio, antes de visitar a Sala.

"El incumplimiento (de su liberación) ha tenido un especial impacto sobre la integridad de Milagro Sala que se sigue agravando con el paso del tiempo", destacó el titular del CELS respecto de la situación que vive la dirigente detenida hace 559 días en la cárcel de mujeres en las afueras de San Salvador de Jujuy. 

Además, el documento del máximo organismo de derechos humanos a nivel continental, advierte: "Existen una serie de particularidades que rodean la privación de la libertad de la señora Milagro Sala e identificó múltiples factores de riesgo que incluyen presuntos hostigamientos, una amenaza de muerte y agresiones en su contra". 

CONSULTAR DOCUMENTO DE LA CIDH

Publicado en:
https://www.pagina12.com.ar/53013-milagro-sala-no-puede-permanecer-en-la-carcel

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CIDH otorga medida cautelar sobre Milagro Sala en Argentina

martes, 13 de junio de 2017

El viernes la CIDH visitará a Milagro Sala, por "Página 12" del 13-06-17

Imagen: AFP
 
Cara a cara


La Corte Interamericana de Derechos Humanos viajará este viernes a Jujuy y mantendrá una reunión con la dirigente social detenida desde hace más de un año y medio. Los organismos de derechos humanos reclaman la inmediata libertad de la dirigente social.


La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) confirmó que viajará este viernes a la provincia de Jujuy para realizar una visita a la dirigente de la Tupac Amaru, Milagro Sala, quien se encuentra detenida desde enero de 2016. La CIDH debe resolver dos medidas cautelares presentadas por organismos de derechos humanos, que reclaman por su libertad y denuncian las condiciones de detención.

El 2 de diciembre de 2016, la CIDH emitió un comunicado en el que instó al Gobierno de Cambiemos a cumplir con la resolución del Grupo de Trabajo (GT) de Detenciones Arbitrarias de la ONU, que exige su libertad al considerar su detención como “arbitraria” y cuya decisión –remarcó la GT en mayo luego de una visita al país- es “inapelable”. A este pedido por la liberación de la dirigente jujeña se sumó la Organización de Estados Americano (OEA).

La abogada de la dirigente jujeña, Elizabeth Gómez Alcorta, calificó de "trascendental e histórica" la visita de la CIDH. "Hay que remarcar que se trata de una visita en el marco de una medida cautelar por la ilegalidad de su detención, presentada a fines de enero de 2016. Es un procedimiento que incluye pedidos de informes al Gobierno Nacional y posiblemente sea primer caso en estos años de democracia en que el CIDH visita a un detenido en su lugar de detención. Esto habla de la importancia que le dan al caso", señaló a Página/12.

Según contó Gómez Alcorta, durante la sesión de la CIDH celebrada en mayo en la Argentina, hubo un "pedido de encuentro personal de parte del Comité por la Defensa a Milagro y sus abogados".

La visita de la CIDH fue confirmada por el fiscal general de Jujuy, Mariano Miranda. Según trascendió, Sala recibirá al presidente de la entidad, Francisco de Eguiguren y a la comisionada de Panamá, Esmeralda Arosema de Troitiño, además de a un coordinador de grupo aún no confirmado. También habrá un contacto "protocolar" con el gobernador de Jujuy, Gerardo Morales.

El fiscal Miranda informó que si bien todavía no conoce la agenda que desarrollará la misión en Jujuy, el punto central de su presencia en esa provincia será la visita que realizará a Sala en la Unidad Número 3 de Mujeres del Servicio Penitenciario provincial, más conocido como Penal de Alto Comedero.

La CIDH reclamará, también, toda la documentación sobre los motivos de su detención, cuestionados ampliamente por los organismos de derechos humanos. Durante el 162° período de sesiones extraordinarias del organismo, celebrado a fines de mayo pasado en Argentina, el titular de la CIDH y relator para Argentina había confirmado que aceptarían la invitación del gobierno argentino y de la defensa de Sala de viajar a la provincia para ver personalmente las condiciones en que se encuentra la dirigente jujeña detenida. "La visita nos permitirá conocer aspectos objetivos vinculados a la medida cautelar, como las condiciones de su detención, su estado físico y emocional", señaló entonces Eguiguren a la prensa.

El 10 y 11 de mayo hubo una visita a la provincia de Jujuy del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria, y sus integrantes mantuvieron un encuentro con Sala en la cárcel. Además, se reunieron con las autoridades políticas y judiciales de la provincia (para conocer los detalles de las causas en las que está involucrada); recibieron a decenas de organizaciones sociales (entre ellas la Tupac Amaru) y escucharon a una docena de personas que denunciaron a Sala en la Justicia.

Luego de la visita, el presidente del Grupo, Sètondji Roland Adjovi aclaró que lo resuelto sobre el caso de Milagro Sala "no es una instancia de revisión”, es decir que su detención es “arbitraria” y su liberación debe ser “inmediata”.

Sala está alojada en el penal de Mujeres del barrio Alto Comedero desde el 20 de enero de 2016, aunque su detención se había concretado cuatro días antes, en los que permaneció en una sede policial.

La detención de Sala se produjo cuando la Tupac Amaru realizaba un acampe frente a la sede de la Gobernación, en demanda de reivindicaciones sectoriales y rechazo a la gestión del mandatario provincial, Gerardo Morales. Sala estuvo detenida inicialmente por "instigación a cometer ilícitos y tumultos", pero luego la Justicia jujeña dispuso su prisión preventiva en la causa por "fraude a la administración pública, asociación ilícita y extorsión" a raíz del supuesto desvío de fondos públicos destinados a la construcción de viviendas sociales en la provincia.

En diciembre último fue condenada a tres años de prisión en suspenso por un escrache contra el entonces senador y actual gobernador de Jujuy, Gerardo Morales. En el marco de este expediente, el 1 de este mes tuvo lugar una "audiencia de informes" convocada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, en la que fiscalía, querella y defensa expusieron sus posiciones sobre la condena que el Tribunal Oral Federal 1 (TOF1) de Jujuy impuso a Sala a fines de 2016, como instigadora del escrache con huevazos ocurrido en el 2009 contra Morales. La defensa de Milagro Sala y el fiscal Javier De Luca pidieron el sobreseimiento de la dirigente social, mientras que la querella que representa al gobernador jujeño Gerardo Morales solicitó una pena más dura y de cumplimiento afectivo.

Publicado en:
https://www.pagina12.com.ar/43904-cara-a-cara