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lunes, 30 de junio de 2025

Las misteriosas llamadas a Hayden Davis en su visita a Buenos Aires, por Irina Hauser (para "Página 12" del 29-06-25)

 


El empresario Hayden Davis junto al presidente Javier Milei en la Casa Rosada.. Imagen: Imagen web


Tuvo tres comunicaciones imposibles de rastrear 


Los contactos se realizaron a través de un sistema que impide el registro de la línea realmente se utilizó. En paralelo, la Justicia reveló que Milei tiene cinco líneas prepagas a su nombre.


Por Irina Hauser

29 de junio de 2025


Los teléfonos que se investigan en la causa $LIBRA trajeron sorpresas. Un celular a nombre del empresario Hayden Davis, creador de la criptomoneda, recibió cuando estaba en Buenos Aires llamadas desde un número extraño (parece un conmutador o una central) con prefijo de Argentina que se usa para triangular conversaciones entre abonados locales y extranjeros de manera que no quede registrado desde qué línea realmente se originó la comunicación. Es decir: alguien llamaba a Davis desde el territorio argentino cuando él se alojaba aquí, pero no se puede saber quién era. Algo muy sospechoso. Es que exactamente el mismo método se usó durante el gobierno de Mauricio Macri para hacer llamadas a sus funcionarios y operadores cercanos que no dejaran rastros. "Parece hasta más efectivo que usar un aparato encriptado", dijo a Página/12 un exfuncionario experto en inteligencia. Otro dato enigmático que apareció en el expediente del Criptogate surge de dos informes de compañías telefónicas que dicen que existen cinco líneas de celular activas a nombre de Javier Milei con la modalidad "prepaga" y que tuvo nueve más del mismo tipo desde 2018 en adelante. ¿Para qué tendría tantos chips? ¿Serán de él? ¿Qué puede haber detrás de esa flota?


El caso Davis y un viejo método

Cuando reservó el Hotel Four Seasons en Buenos Aires, Davis dejó como contacto dos líneas de teléfono que utilizaba. En base a esos números, el fiscal Eduardo Taiano había pedido un análisis que estableciera si habían tenido impactos de antena que denoten que tuvo llamadas, si mandó o recibió mensajes y si usó datos (por ejemplo para navegar en Internet o usar aplicaciones) las veces que estuvo en el país, que fueron siete en el último año. En uno de los listados de llamadas, que se corresponden con su visita en septiembre de 2024, aparecieron tres llamadas entrantes de los números raros con prefijo de Argentina:


*El 10 de septiembre la línea del creador de $LIBRA recibió una llamada desde el número 0542220000. Debe haber habido una conversación, porque duró 156 segundos (casi dos minutos y medio). Había pasado medianoche (eran las 00.39 horas). La geolocalización del aparato indica la zona de San Telmo.


*El mismo día a las 19.15 tiene una llamada entrante de un número igualmente atípico apenas: el 05412300002. Dura 98 segundos. Estaba, todo indica, por Retiro.


*El 13 de septiembre otra vez lo llaman del 05412300002 y el contacto dura 53 segundos. Eran las 00.03 horas. La geolocalización indica Palermo.


*Ese mismo día, llaman al número de Davis a las 15.37 horas desde el 005422200001. Estaba en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza. A las 15.16, había pasado Migraciones, según los registros oficiales. Iba a tomar un avión de Lufthansa. Había llegado el 9 de septiembre desde Brasil y como su destino, en la salida, figura Alemania.


¿Quién llamaba a Davis? ¿Qué son esos números de teléfono llenos de ceros que parecen conmutadores o centrales telefónicas? Una respuesta parcial, sólo a la segunda pregunta, se puede encontrar en otro expediente a cargo de la misma jueza, María Servini. Es la causa por las amenazas y el intento por desapoderar a los dueños del Grupo Indalo, en especial de sus medios de comunicación, que tuvo como protagonista al operador Fabián "Pepín" Rodríguez Simón. En esa investigación aparecen exactamente los mismos números que llamaban al creador de $LIBRA. Surgieron en un entrecruzamiento de llamados que se hizo sobre teléfonos de Rodríguez Simón y varios exfuncionarios y allegados al expresidente Macri. Tenían llamadas donde aparecían esas líneas, que oficiaban de "intermediarias" de comunicaciones que se originaban en números que quedaban ocultos.


El análisis de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCO) (que tiene fecha de diciembre de 2021) señaló, ante el pedido de identificar los abonados en cuestión que "dichos números son nodos de intermediarios entre abonados extranjeros y abonados locales; no quedando registrado el número de origen de la llamada". La empresa Telecom S.A precisó que “corresponden a lo que se denomina ANI de Plataforma, e identifican al nodo que cursó una Llamada Internacional Entrante”. ANI se refiere a la identificación automática de números. Los números, según ese reporte, son operados por Telecom, Movistar y Claro. "Los Centros Internacionales, son nodos de la red que conectan a los Carrier de larga Distancia Internacional a nuestra Red Nacional tanto para llamadas originadas en Argentina como así también para llamadas finalizadas en el país..." Otras empresas, como Telefónica y Telecentro, señalaron que esa numeración no les correspondía.


La jueza Servini, había notado que esos mismos abonados eran contactos frecuentes de "actores relevantes" de la "causa Indalo". Los asociaba --según incluso informó el diario Ámbito Financiero (que pertenece al grupo empresario) el 20 de agosto de 2021-- con el propio Rodríguez Simón, con el exjefe de asesores de Macri, José Torello; el empresario y amigo del expresidente Nicolás Caputo; Mario Quintana, exvicejefe de gabinete; y algunos empresarios. Como surge del informe técnico, esa forma de canalizar llamadas sirve para camuflar quién ejecuta la llamada entrante. Aquello fue en 2017.


Hubo quienes pensaron que había relación con los famosos teléfonos encriptados que repartió la Agencia Federal de Inteligencia macrista entre algunos de sus funcionarios y hasta operadores, pero esto no quedó claro. Pareciera más bien un sistema que se contrata y que, a diferencia de los celulares encriptados, permite hablar con números que no forman parte de una red cerrada. Lo curioso es que haya sido un modo de proceder del gobierno de Macri que abre el interrogante: ¿Es también una metodología actual del mundo libertario?


Davis es uno de los imputados por la maniobra con $LIBRA, el token que publicitó Milei el 14 de febrero último, por el que más de 40.000 inversores terminaron perdiendo miles de dólares. El expresidente también es investigado, al igual que su hermana Karina, Secretaria de la Presidencia, los empresarios Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy --socios y organizadores del Tech Forum, el evento donde en octubre de 2024 se habrían gestado este y otros negocios vinculados al mundo cripto, y Julian Peh, CEO de la firma Kip Protocol, asociada al proyecto para el lanzamiento de la criptomoneda y sus promesas de generar fondeo para pequeñas empresas y emprendimientos. Otro de los imputados es Sergio Morales, exasesor de la Comisión Nacional de Valores (CNV), quien expuso por el gobierno en el Tech Forum y aparece en un papel clave en el borrador de un contrato exclusivo de Kelsier Ventures con el gobierno en materia de criptomonedas, blockchain e inteligencia artificial.


En tres de las ocasiones en que Davis estuvo en la Ciudad de Buenos Aires, coincidió con Novelli en la Casa Rosada: el 16 de julio del año pasado, el 21 de noviembre (los días previos habían coincidido también en un viaje a Paraguay) y el 30 de enero. Este último día Milei subió a las redes una foto con el estadounidense.


Esta semana Hayden Davis presentó una declaración "voluntaria" por escrito ante los tribunales de Nueva York. Dejó claro que no quiere que lo juzguen ahí, pero a la vez quiso dejar dicho que el lanzamiento de $LIBRA no fue una estafa y que (como alegan Milei, Novell y Torrones Godoy) debía "destinarse a pequeñas empresas y proyectos educativos en Argentina", y que él no tuvo nada que ver con las tres billeteras o compradores a los que describe como oportunistas o francotiradores, que compraron el token segundos después del lanzamiento. Intentaba desligarse de cuentas que tuvieran información privilegiada y que se beneficiaron con el activo. También deslizó un cuestionamiento a Milei al decir que el hecho de que hubiera borrado el tuit donde anunciaba $LIBRA, provocó sospechas de fraude. Además el presidente, para peor, y cuando el escándalo ya escalaba, dijo que "no estaba interiorizado". Luego quedaría a la vista que es una postura difícil de sostener, por los nexos con Davis y con el resto de los implicados, con los que se reunía en la Casa Rosada.


Los números prepagos de Milei

El fiscal Taiano había pedido también que las compañías telefónicas le informaran "las titularidades que registren o hayan registrado" tanto Milei, como su hermana Karina y el resto de los imputados. Los informes, en particular relacionados con el Presidente, causaron asombro por la cantidad de líneas prepagas que aparecen a su nombre y, en su mayoría, inscriptas con el domicilio fiscal de su hermana. Esta es una pata de la investigación incipiente que generó desconcierto.


* Hay un informe de Telefónica/Movistar que dice que existieron seis líneas con plan "prepago" a nombre de Milei: una se remonta al 15 de noviembre de 2018, otra tiene alta el 16 de mayo de 2022, otra el 4 de mayo de 2023, dos el 9 de abril de ese año y otra el 23 de noviembre, también de 2023. Todas fueron dadas de baja el 17 de mayo de 2024. Según esta información, habrían estado activas parte de su presidencia y su mandato como diputado (desde el 10 de diciembre de 2021 hasta el 29 de diciembre de 2023).


*Otro informe de Claro da cuenta de tres líneas prepagas a nombre del ahora presidente y una de la hermana. Las de él fueron activadas los días 7, 11 y 24 de agosto de 2023, la de ella el 16 de septiembre de 2019. Esta última fue cancelada en marzo de 2024, dos de su hermano en julio del año pasado y una recién en marzo de este año. Pero la otra sorpresa es que hay todavía cinco líneas prepagas a nombre de Javier Milei, que están activas y no muestra el prefijo 11, de Buenos Aires: dos fueron dadas de alta el 8 de septiembre de 2023 y otras tres durante su presidencia (los días 2, 18 y 28 de diciembre de 2024).


El documento entregado por Telefónica aclara que los números prepagos no tienen facturación mensual, por lo tanto, la empresa "no puede corroborar la veracidad de los datos de los titulares declarados". Esto hace suponer que una alternativa sería que las líneas no hayan sido contratadas por Milei para su uso personal. Hay quienes sugieren que podrían ser truchas, como ocurrió con los jueces de la Corte Suprema, cuya identidad fue utilizada para generar líneas a su nombre. Lo que llama la atención en este caso es que es algo sostenido en el tiempo: hay una línea de cuando Milei era una panelista de televisión y showman, por ejemplo. Y está la pregunta de por qué fueron dados de baja varios números juntos.


Tres peritos informáticos consultados por este diario también vieron el dato con asombro. Explicaron que las líneas prepagas no impiden que se puedan rastrear llamados u otras actividades a través del teléfono que las portó. Pero coinciden en que es habitual, y aparece en algunas causas judiciales, que los números prepagos se cambien con frecuencia y como algo sistemático, para crear distintos perfiles en redes sociales y plataformas, que requieren un número telefónico, pero no permiten repetir, o también para crear distintas cuentas de correo electrónico. Explican que es más difícil el uso para billeteras virtuales, que a menudo requieren el escaneo del documento. Está claro que ahora debería venir un próximo paso en la investigación para conocer qué actividad tuvieron todos esos números y ver si se revela el enigma.


Publicado en:

https://www.pagina12.com.ar/838040-las-misteriosas-llamadas-a-hayden-davis-en-su-visita-a-bueno

miércoles, 5 de febrero de 2025

La rebelión judicial que jaquea a la Corte Suprema, por Irina Hauser (para "Página 12" del 05-02-25)

 


La Cámara Civil acusó a los supremos de afectar la división de poderes. La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional también rechazan el fallo.



Se suman los rechazos a que el Tribunal Superior de Justicia porteño pueda revisar causas de la Justicia Nacional


Por Irina Hauser

5 de febrero de 2025 


Una verdadera rebelión judicial jaquea por estos días a la Corte Suprema en rechazo a la aplicación del fallo con el que, en el último acuerdo de 2024, le dio facultades al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para revisar las causas que tramitan en los fueros civil, laboral, penal y comercial, que son nacionales. Una acordada firmada este martes por la Cámara Civil acusa a los supremos de afectar la división de poderes, alterar el funcionamiento de los tribunales, generar demoras, mayores costos quienes presentan recursos, perturbar al Ministerio Público Fiscal y de la Defensa y, en definitiva, dice el texto, violar "la garantía constitucional del acceso a la jurisdicción, del debido proceso y la seguridad jurídica". Pero la de este tribunal no es la primera expresión que se alza contra aquella sentencia: la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional presentó un planteo de revocatoria para 16 causas, entre las cuales está la de la deuda del Correo de la familia Macri; y el Procurador General interino, Eduardo Casal, le pidió al alto tribunal que suspenda lo decidido ya que los fiscales nacionales no pueden litigar en los tribunales porteños. 


Este miércoles la Cámara del Trabajo tiene acuerdo general y es posible que siga el mismo camino que la Civil. También se reunirá para tratar el tema la Cámara del Crimen y la Cámara Comercial ya tuvo un encuentro informal. Todas objetan el fallo de los cortesanos que determinó que los recursos extraordinarios que cuestionen sus decisiones vayan a parar al alto tribunal porteño, que como es conocido está integrado por una mayoría de jueces afines al macrismo. 


La cocina suprema

En la Corte Suprema se veían venir el malestar pero no una reacción tan amplia. Creyeron que iban a amortiguar los efectos al firmar sentencia después de la cena de fin de año de la Asociación de Magistrados, que es la entidad gremial que representa a jueces/zas, fiscales/as y defensores/as. La idea era ahorrarse un mal momento. Además en el evento sería homenajeado Juan Carlos Maqueda, quien finalmente se jubiló al promediar diciembre y, de hecho, firmó junto con Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti el caso "Levinas" que desató todo este revuelo, y una serie de resoluciones calcadas que aplican el mismo criterio. Una de ellas fue un verdadero regalo para Mauricio Macri y el grupo SOCMA, que querían a toda costa que la quiebra del Correo sea revisada por los supremos de la Ciudad. La quiebra de por sí quedó en suspenso con el recurso extraordinario que presentó la firma. La Corte le dio incluso tres años de oxígeno sin tratar el tema. El grupo Macri al parecer confía en eludir con ayuda de jueces porteños el pago de la deuda millonaria que tiene con el Estado desde 2001. 


"Levinas", que resultó ser el leading case, se originó con demanda civil de la familia del artista plástico León Ferrari contra el panelista Gabriel Levinas, a quien le había dado unos cuadros para exponer en París en 2008, no se los devolvió, dijo que los vendió "por razones de urgencia" y tampoco le dio el dinero. Un fallo ordenaba pagarle a sus herederos 88.000 dólares y la Cámara Civil lo confirmó. Para apelar esa sentencia, Levinas hizo el intento que luego copiaron con esperanza los Macri: apeló el fallo directamente ante el TSJ porteño para llevarlo a esa jurisdicción, donde esperaba revertir si situación. El TSJ disputó la competencia y la discusión desembocó en la Corte. 


En el máximo tribunal ahora crece la preocupación. Tratarán el tema en el acuerdo de este jueves, aunque no es seguro que lleguen tan pronto a alguna conclusión y, eventualmente, a una decisión. Por el momento, parece difícil que a la Asociación de Magistrados le reconozcan legitimación para pedir la revocatoria. En cambio podrían considerar alguna clase de respuesta al planteo del procurador Casal. Como sea hoy por hoy al ser tres los ministros de la Corte no hay mayoría ya que Rosenkrantz había firmado en disidencia, a menos que Rosatti y Lorenzetti se dispongan a revisar su posición. 


¡Objeción!

El texto de la acordada de la Cámara Civil, que firmaron todos sus integrantes menos tres que faltaron, es lapidario. Arranca con el "rechazo" al fallo que convirtió a la corte porteña en una instancia de revisión nacional. O, de otro modo, que aplicó un traspaso de hecho de la justicia nacional a la Ciudad. Dice: "Ningún Tribunal de Justicia cuenta con facultades para atribuir jurisdicción a un tribunal local a fin de revisar resoluciones o sentencias de Tribunales Nacionales, alterando la estructura del funcionamiento del Poder Judicial de la Nación, afectando la división de poderes y provocando una situación de incertidumbre en los litigantes, demoras injustificadas en el trámite de los procesos, mayores costos derivados del pago de depósitos para recurrir, perturbando el funcionamiento del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa y, en suma afectando la garantía constitucional del acceso a la jurisdicción, del debido proceso y la seguridad jurídica". Al final recuerda que estas cuestiones están reservadas al Congreso, que ellos como camaristas "han jurado defender". 


En la Cámara Civil hay, además, pedidos en dos de sus salas para que se convoque a un plenario para tratar dos casos que están afectados por el fallo de la Corte. Todo indica que la reunión se haría el martes y que podrían firmar un "fallo plenario". Se trata de una resolución que toman las Cámaras para fijar una postura que es obligatoria para todos los juzgados de primera instancia del fuero y todas las salas de la propia Cámara. En este caso sería desoyendo lo establecido por el alto tribunal. Por ejemplo, Cámara Civil lo ha hecho en otros temas jurídicos, como la definición del plazo de prescripción (la Corte decía diez años y la Cámara fijó cinco). De todos modos es la primera vez que se plantea una oposición tajante en un tema de relevancia institucional como el que esta vez está en juego. Todo apunta a que será una decisión extendida en la justicia nacional declarar inaplicable el fallo supremo. 


El primer indicio del conflicto en puerta lo dio un fallo de una jueza de feria de la Cámara del Trabajo, Beatriz Ferdman, que rechazó un planteo del Estado Nacional que quería mandar al TSJ porteño la causa iniciada por la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (AEFIP) por los despidos en la exAFIP, ahora ARCA. El argumento puntual de la magistrada fue que no puede intervenir la justicia de la Ciudad en un caso referido a un organismo nacional. Una medida cautelar concedida por la Cámara también durante la feria había ordenado que gobierno se abstenga de adoptar medidas que afecten la estabilidad laboral de los empleados y funcionarios del ente recaudador. 


El último día de la feria se conoció la presentación del Procurador Casal ante la Corte donde le pide que suspenda la aplicación del fallo "Levinas" ya que, explicó, "se vería impedido de cumplir sus funciones legales y constitucionales en los procesos que tramitan ante el fuero nacional, en detrimento de los intereses por los que tiene que velar". Advertía que si el Ministerio Público Fiscal quiere impugnar sentencias de las Cámaras Nacionales no podrá, porque solo tiene "legitimidad procesal" para intervenir ante los tribunales nacionales. Ese problema, fundamentaba Casal, no se puede resolver mediante una instrucción general de al Procuración, y eso perjudica "los intereses sociales que debe defender". 


Esta semana entró abiertamente en escena la Asociación de Magistrados, que preside el juez de tribunal oral Andrés Basso, quien ya había convocado a una reunión extraordinaria a todos los presidentes de las Cámaras, representantes de tribunales orales, fiscales y defensores, el 30 de diciembre, tres días después de que salió el fallo de la discordia. En ese momento la Asociación recordó que se opone desde el vamos al traspaso de la justicia nacional a la Ciudad. Aluden a un problema constitucional, pero es conocido que lo interpretan como una suerte de degradación. Después de reuniones de consejo directivo y con gremios, la entidad presentó --como representante de sus asociados-- un recurso de revocatoria ante la Corte Suprema, es decir, un pedido para que revise su decisión en 16 expedientes donde resolvió que el TSJ porteño intervenga en causa de la justicia ordinaria nacional. 


El escrito de 40 páginas dice que en circunstancias excepcionales la Corte ha admitido enmendar errores y que este debería ser el caso. Remarca que la Constitución no prevé el traspaso sino que lo supedita una ley, y hasta cita un dictamen del exprocurador Rodolfo Barra en contra de la inclusión de esta cuestión en la Ley Bases que llevó a que Diputados lo excluyera con el argumento de que requiere un tratamiento específico. La Asociación fundamentó que la Corte se contradijo con sus propios precedentes, sumó el problema para el Ministerio Público, recordó que una ley porteña que habilitó al TSJ a revisar fallos nacionales (cuando Macri buscaba llevar allí el caso Correo) está bajo análisis del fuero contencioso. Y acusó a los supremos de legislar con sus sentencias.



Publicado en:

https://www.pagina12.com.ar/801704-la-rebelion-judicial-que-jaquea-a-la-corte-suprema

domingo, 29 de diciembre de 2024

El regalito de fin de año de la Corte para Mauricio Macri: enviaron la causa Correo al TSJ porteño, por Irina Hauser (para "Página 12" del 27-12-24)



Cumplieron con un pedido del expresidente


El fallo podría ayudar al líder del PRO a eludir el pago de la deuda millonaria que acumula con el Estado desde 2001. El alto tribunal porteño, manejado por el macrismo, podrá revisar los recursos no sólo del fuero comercial sino del civil, del laboral y del penal.


Por Irina Hauser

27 de diciembre de 2024 

La Corte Suprema despidió el año y a Juan Carlos Maqueda con un gran regalo para Mauricio Macri en la causa del Correo: es un fallo que podría ayudarlo a eludir el pago de la deuda millonaria que acumula con el Estado desde 2001. Para esto, los supremos habilitaron --como pedía el expresidente-- que el expediente que tramita en el fuero comercial nacional donde se declaró la quiebra de la empresa postal en 2021, sea revisado por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires. No sólo eso, el alto tribunal porteño, donde el macrismo tiene ascendencia, podrá revisar los recursos no sólo del fuero comercial sino del civil, del laboral y del penal. 


El caso del Correo lleva en su carátula el nombre de SOCMA AMERICANA SA, empresa medular del grupo Macri, controlante del Correo, que debería ser la que afronte la quiebra si quedara firme, lo que podría causar la ruina económica para la familia. El expediente por la deuda del Correo se inició en el 2001 pero recién dos décadas después la jueza Marta Cirulli hizo la declaración de quiebra, que quedó suspendida con la apelación. La magnitud y las implicancias del tema se hicieron visibles en 2017 durante el gobierno de Mauricio Macri, cuando la fiscala ante la Cámara Comercial, Gabriela Boquin, detectó se había armado un acuerdo espurio con el propio Estado para licuarle  el 98,87 por ciento de la deuda, que ella logró frenar. Esto también derivó en una causa penal. Boquin reveló cada vez más irregularidades en el trámite del concurso de acreedores. Los Macri echaron mano de cuanto recurso judicial (y político) pudieron para no pagar la deuda. Uno de los planteos fue que los recursos ante la Cámara sean revisados por el TSJ porteño. 


El caso testigo supremo

Cuando llegó la discusión por la competencia a la Corte Suprema, los cortesanos tenían  otro expediente en estudio que podía servirles como leading case y que fue el que encabezó esta serie de fallos de fin de año. Es una demanda civil de la familia del artista plástico León Ferrari contra el panelista Gabriel Levinas, a quien le había dado unos cuadros para exponer en París en 2008, no se los devolvió, dijo que los vendió "por razones de urgencia" y no le dio el dinero. Un fallo ordenaba ordenaba pagarle a sus herederos 88.000 dólares. Esto fue confirmado por la Cámara Civil. Para discutir esa sentencia, Levinas hizo el intento que luego repitieron los Macri: apeló el fallo ante el TSJ porteño para llevarlo a los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires, donde esperaba tener más suerte que en la justicia nacional. El propio TSJ trabajó la discusión por la competencia, que quedó en manos de la Corte. 


En la causa del Correo, la Corte ya de por sí le había dado tres años de oxígeno al Grupo Macri hasta dictar la sentencia de este viernes. El resultado de "Levinas" fue replicado automáticamente en cuatro expedientes del Correo, lo que incluye las recusaciones de Cirulli y Boquin, además de la quiebra propiamente dicha, que ahora pasará a territorio amigo de los Macri. Buena parte de los tribunales porteños responden a sus designios. El TSJ está integrado por Inés Weinberg (fue candidata fallida de Macri a la Procuración General), Santiago Otamendi, ex viceministro de Justicia de la gestión Germán Garavano, y Vivian de Langhe, exdirectora en el Instituto Superior de Seguridad Pública de la Ciudad, durante la administración de Macri en la Ciudad. El juez Luis Lozano a menudo está alienado con ellos, no así Alicia Ruiz. 


La Corte Suprema finalmente estableció que el STJ porteño interviene en los recursos extraordinarios de la justicia nacional ordinaria que funciona en la Ciudad de Buenos Aires donde, según el voto mayoritario existe una "situación anómala" porque coexisten coexisten la justicia local y la nacional con competencia ordinaria (civil, comercial, laboral y penal). Eso ocurre, cuestiona el fallo, pese a que el artículo 129 de la Constitución Nacional garantiza la autonomía local, y en esa línea surgen disposiciones de la Constitución porteña (que los jueces nacionales de los fueros ordinarios de la Ciudad sean transferidos al Poder Judicial local) así como compromisos de las autoridades legislativas nacional y local para traspasar las competencias judiciales.


La sentencia de la Corte, hace una suerte de traspaso de hecho de la justicia. Regaña: "A treinta años de la reforma de la Constitución Nacional, a veintiocho de la sanción de la constitución porteña, a nueve de Corrales, a siete de la firma del último convenio –lo que ya evidencia un proceso político estancado- y a cinco del fallo ‘Bazán’, se mantiene el ‘inmovilismo’”. Por eso dice que, para continuar su propia jurisprudencia, sigue  “adecuando su actuación a aquella que le impone el texto de la Constitución Nacional, más allá de que el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires perpetúen la situación descripta”. Para ellos es irregular que aunque la CABA esté incorporada al sistema federal, el STJ no pueda revisar sentencias de jueces que aplican el derecho común.  


Insistió con su objetivo de modificar una situación de “desigualdad o asimetría de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respecto de las provincias”. Definió: “el TSJ es el órgano encargado de conocer en los recursos extraordinarios que se presenten ante la justicia nacional ordinaria de la ciudad” y “debe concentrar las facultades jurisdiccionales en torno al derecho local y común y erigirse como el superior tribunal de las causas”, igual que los tribunales superiores provinciales. El fallo aclara que no afecta "la continuidad transitoria de la justicia nacional ordinaria dentro de la estructura del Poder Judicial de la Nación hasta tanto no se efectivice el traspaso". La nueva jurisprudencia se aplicará a “casos pendientes de decisión en los cuales ya se hubiera planteado un conflicto análogo y a las apelaciones dirigidas contra sentencias de cámaras nacionales". 


Desde la Unión de Empleados Judiciales de la Nación salieron a cuestionar la decisión. “Lo fallado, entre gallos y medianoches, solo tiene como objetivo principal el control del fuero del Trabajo y del fuero Comercial, pero fundamentalmente garantizar la impunidad de Mauricio Macri en la causa Correo Argentino en desmedro del Estado nacional”, dijo en un comunicado el titular del gremio, Julio Piumato. 


También surgieron críticas desde el Sitraju. "Macri busca un tribunal adepto", denunciaron desde el gremio que conduce Vanesa Siley. "El TSJ no respeta los derechos de sus trabajadores. Repudiamos esta sentencia con que esta corte termina de ensuciar la democracia argentina", agregaron. 


Votos con sorpresa

La posición mayoritaria lleva la firma de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. La sorpresa fue la disidencia de Carlos Rosenkrantz, cuya cercanía con Macri y con su operador Fabián "Pepín" Rodríguez Simón (impulsor de la designación de los supremos por decreto) es conocida.


Según Rosenkrantz el TSJ de la Ciudad no tiene competencia para revisar una sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil, ni la Comercial, no otra del fuero ordinario nacional. Los tribunales nacionales, sostuvo, fueron creados por leyes del Congreso de la Nación, están integrados por magistrados designados por órganos constitucionales del gobierno nacional, sujetos a un régimen disciplinario también nacional y su competencia está regida por normas también nacionales. Cambiar esto implicaría un rediseño institucional de significativa trascendencia en el sistema federal argentino. El TSJ pasaría a tener, aunque sea transitoriamente, el carácter de tribunal nacional. Además dijo que ningún tribunal tiene la facultad de asignar de manera directa, ni siquiera de modo transitorio, las competencias propias de un tribunal nacional a uno local, alterando las disposiciones procesales. Para cambiar algo, dijo, deberían avanzar los convenios de transferencias de competencias del Estado Nacional a la Ciudad, que son parte de un proceso político que está en marcha aunque es innecesariamente lento. 


El Correo

En el expediente por la quiebra del Correo, no solo el Grupo Macri aspira a no pagar su deuda millonaria sino a que queden en la nada una cantidad importante de anomalías que se fueron ventilando en el proceso del concurso de acreedores. Boqien denunció maniobras de vaciamiento, manipulación de las mayorías y otros fraudes incluso con los acreedores. Son aspectos determinantes en cuanto a las consecuencia económicas para la extensión de la quiebra a SOCMA. Pero, además, el grupo empresario aspira en otro fuero, si sale ganador, conseguir alguna clase de resarcimiento por la expropiación de la empresa. 



Publicado en:

https://www.pagina12.com.ar/793347-el-regalito-de-fin-de-ano-de-la-corte-para-mauricio-macri-en

martes, 24 de septiembre de 2024

El regreso de la doctrina del enemigo interno, por Irina Hauser (para "Página 12" del 22-09-24)


Reprimir, apresar e interrogar, la nueva doctrina Bullrich contra la protesta social.. Imagen: EFE


 Los presos por marchar contra la ley bases fueron catalogados como "criminales"


En los legajos de quienes terminaron detenidos durante las manifestaciones de junio frente al Congreso, el Servicio Penitenciario Federal (SPF) anotó que pertenecen a "organizaciones criminales". Esa conclusión surgió luego de interrogatorios para que dijeran si integraban alguna fuerza política, al estilo de las dictaduras de la segunda mitad del siglo pasado. El dato, al que accedió Página/12, figura en un informe del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura que fue presentado en el juzgado de Servini. 



Por Irina Hauser

22 de septiembre de 2024


Cada vez que una persona es privada de la libertad en una cárcel del Servicio Penitenciario Federal (SPF), se le abre un Legajo Federal Único (LFU), donde figuran las razones de su detención, sus datos personales, la ficha dactiloscópica, la evaluación médica, si requiere tratamientos, datos que surgen una entrevista psicológica y notificaciones judiciales. Sin embargo, para quienes terminaron detenidos/as en la cárcel de Ezeiza en el contexto de la movilización contra la Ley Bases en junio hubo un tratamiento particular. La información, al menos en algunos casos, consignaba algo más: que pertenecían a "organizaciones criminales". Esa conclusión surgía de un interrogatorio al que habían sido sometidos/as que incluía preguntas en tono de hostigamiento para que dijeran si integraban alguna fuerza política u organización social y por qué habían participado de la protesta. "Ese tipo de descripción ni siquiera se la ponen a un preso común en el legajo", se escandalizó un funcionario judicial que ve con frecuencia los LFU de ese centro de detención federal. 


Este dato fue consignado en un dictamen del fiscal Franco Picardi, quien abrió una investigación sobre los abusos de las fuerzas de seguridad federales (Policía Federal, Prefectura, Gendarmería y le SPF) así como de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires durante la represión y las detenciones efectuadas en la protesta del 12 de junio último en la Plaza de los dos Congresos y sus alrededores. Por eso pidió información detallada tanto al Ministerio de Seguridad nacional, a cargo de Patricia Bullrich, como al de Ciudad, que encabeza Waldo Wolff, sobre los operativos desplegados, los agentes, su formas de identificación, las órdenes impartidas, hasta las armas de todo tipo que llevaron. Las situaciones de violencia y golpizas en el momento de las detenciones y en los lugares de alojamiento carcelario aparecen reflejadas en relatos de las personas apresadas y informes de organismos de derechos humanos. La equiparación de manifestantes con delincuentes que pertenecen a "organizaciones criminales" pertenece al repertorio que utiliza el gobierno de Javier Milei, alimentado por Bullrich. Luego un penitenciario lo asienta con total normalidad en un legajo. 


Picardi dejó en claro que busca discernir todas las responsabilidades, lo que incluye a las "máximas autoridades". Su dictamen fue firmado en una semana llena de mensajes de los que deberían tomar nota tanto el gobierno nacional como porteño por las prácticas habilitadas o indicadas a sus fuerzas de seguridad ante la protesta social. Los límites y el castigo para manifestantes fueron anunciados con la llegada de Javier Milei. El gobierno se muestra dispuesto a llevar este método para aplicar el ajuste al extremo. El fallo de la Corte Suprema que derivó en las ordenes de detención para que cumplan su condena efectiva los responsables los asesinatos en las protestas de diciembre de 2001 es toda una señal. No solo le tocó a quien era el jefe de la Federal del gobierno de Fernando de la Rúa, Rubén Santos, sino a Enrique Mathov, que era superior político como secretario de Seguridad. 


En el campo judicial hubo otros hitos (ver más abajo) y hasta hizo una advertencia política el Papa Francisco tras el ataque a la marcha de los jubilados donde incluso fue gaseada una niña. Señaló que el gobierno en "en vez de pagar la justicia social, pagó el gas pimienta". Reivindicó a los movimientos sociales y llamó a no amilanarse: “Si el pueblo pobre no se resigna, se organiza, persevera en la construcción comunitaria cotidiana y a la vez lucha contra las estructuras de injusticia social, más tarde o más temprano, las cosas van a cambiar para bien”. 


"Criminales"

El dato sobre los legajos personales y la descripción de una pertenencia a supuestas "organizaciones criminales" por el hecho de estar protestando está asentada en tres páginas entregadas al juzgado de María Servini por el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CNPT) creado en 2017 para garantizar su prohibición establecida en al Constitución y de acuerdo a la convención internacional incorporada a ella. De por sí fue una anomalía que enviaran a cárceles federales a los manifestantes y quienes estaban en la zona haciendo venta ambulante o que pasaban por casualidad. 


Bullrich suele decir que no hay lugar en los penales federales, pero hubo para los 33 detenidos ese día, mientras la Oficina del Presidente tuiteaba que quienes protestan son terroristas y golpistas, lo que fue recogido por el fiscal Carlos Stornelli que, como es conocido, les imputó delitos gravísimos incluidos el de terrorismo y atentados contra el orden constitucional. La magistrada suavizó las imputaciones aunque todavía no sobreseyó a nadie. También abrió un expediente sobre sobre la represión. En función de esto, el fiscal Picardi advirtió que es una obligación estatal investigar violaciones a los derechos humanos en el escenario de la protesta. 


Los miembros del CNPT fueron a verificar las condiciones en las que se encontraban las y los detenidos en los penales de Ezeiza y Marcos Paz los días 14 y 15 de junio. 


*El informe entregado al juzgado y al que accedió Página/12, que ahora analiza Picardi, dice que se relevaron "situaciones que podrían constituir hechos de tortura y malos tratos (...) tuvieron lugar en la vía pública al momento de la detención por parte de funcionarios de la Policía Federal y de la Ciudad". Describe personas heridas con balas de goma, con lesiones por golpes con bastones policiales y "maniobras lesivas" al momento del arresto. El uso del gas pimienta elegido por este gobierno que provoca lesiones en la piel, la vista y problemas respiratorios, también es marcado por Picardi como posible instrumento de tortura. 


*El Comité se refiere luego a "prácticas de hostigamiento por razones políticas" y el "registro irregular de información sensible". Señala que todas las fuerzas que intervinieron el 12 de junio "realizaron reiteradas preguntas a las personas privadas de la libertad respecto a su afiliación a alguna organización política, junto con comentarios despreciativos acerca del motivo de la manifestación pública". Esa descripción se repite, dice el documento, en los testimonios que fueron recogiendo de los detenidos/as quienes, además, contaron que todo iba acompañado por agresiones de los agentes como "te pasa por kirchnerista" o "sucia de mierda". Esta y otras escenas fueron relatadas por Camila Juárez, Nora Longo y Nicolás Mayorga ante la Comisión Bicameral de control y fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia. La recopilación de datos sobre opiniones políticas o pertenencia a organizaciones (políticas, partidarias, sociales, culturales, sindicales, religiosas...) se consideran prohibidas tanto la Ley de Inteligencia como la de Protección de Datos Personales. 


*El primer día que miembros del Comité fueron al penal de Ezeiza pudieron ver los Legajos Personales Unicos de los primeros detenidos "donde se consigna que se consulta su filiación política y luego se asienta que pertenecen a 'organizaciones criminales'", dice el reporte que cita Picardi. El segundo día ya no les dejaron mirar los legajos, pese a que el Comité está autorizado a relevar por la ley 26.827 (que crea el sistema de prevención del a tortura....). Señalan que se labró un acta al respecto. Esto, aclaran, no les ocurrió en Marcos Paz. 


*En el Complejo Penitenciario Federal I (Ezeiza), un grupo de detenidos les relató que  cuando llegaron "de madrugada" personal penitenciario (que tenía sus rostros cubiertos con pasamontañas) empezó a cantar 'La patria no se vende, la patria no se vende' a modo de burla, gritando a su vez 'acá están, llegaron los tira-piedras, los kirchneristas' y 'Viva Milei' mientras les preguntaban nuevamente por su militancia, si eran kirchneristas, y si pertenecían a alguna organización". "A continuación --sigue el informe-- les indicaron que debían colocarse mirando hacia una pared y seguidamente arrojaron gas pimienta en aerosol en el ambiente, tratándose de un espacio cerrado. De acuerdo a las entrevistas realizadas por este Comité, luego no recibieron asistencia médica". Los vio un médico delante de los propios agresores, por ende no expresaron lo ocurrido. Parte de estos sucesos fueron relatados a este diario por Matías Ramírez, un vendedor de choripanes y gaseosas que formó parte del grupo de 33 detenidos. 


*El texto del  CNPT agrega que "se recibieron alegaciones de la realización de requisas de carácter vejatorio por personal de la Policía Federal, de la Policía de la Ciudad, y del Servicio Penitenciario Federal (...) algunas requisas que implicaban la desnudez de las personas detenidas se realizaron en espacios que no garantizaban la privacidad y, en algunos casos, intervino personal de distinto género que la persona requisada". 


Por los sucesos dentro de los penales de Marcos Paz y Ezeiza hay dos causas penales en trámite, una en Morón y otra en Lomas de Zamora. El fiscal Picardi pidió información a los juzgados y fiscalías que intervienen. En el segundo caso, la causa está delegada en la fiscalía de Sergio Mola. Cuando pidió las cámaras de la cárcel, del lugar donde fueron recibidos los detenidos y --según los relatos-- sometidos a geses y golpes, les dijeron que no hay imágenes de ese lugar, según pudo reconstruir este diario. Esta semana, de acuerdo a lo requerido desde Comodoro Py, la fiscalía de Lomas pediría los legajos a los que alude la CNPT que hablan de "organizaciones criminales" y los que les fueron ocultados. Una de los interrogantes que deberían responder estas causas es también por qué quienes participaban de una protesta terminaron en esas cárceles federales. El último detenido recuperó la libertad hace poco más de dos semanas.


La causa de Picardi señala que si bien hay relatos individuales sobre la represión, las detenciones arbitrarias y los interrogatorios sobre pertenencia política o ideológica, analizar el "entramado" que tiene "patrones en común" como "diversas violencias físicas que habrían sufrido civiles, en función del desempeño de las fuerzas de seguridad federales y de la Ciudad de Buenos Aires". Además de testimonios de víctimas (detenidos a pedido de Stornelli) estudia los informes no solo del CNPT sino de la Comisión Provincial por la Memoria y le Centro de Estudios Legales y Sociales. 


Contexto y mensajes

Mientras el gobierno insiste con atacar a quienes se manifiestan con al excusa de aplicar el "protocolo antipiquetes" que convirtió el derecho a la protesa en un delito en flagrancia con la excusa de los cortes de calle (que hacen las propias fuerzas de seguridad), esta última semana no fue una más. Hubo advertencias sobre las consecuencias de la represión institucionalizada y los abusos policiales, lo que incluye la decisión del a Corte sobre Mathov y Santos y las palabras del Papa Francisco, pero se sumaron otras decisiones relevantes que pasaron menos advertidas y marcan límites. 


En Chubut, un jurado popular declaró "no culpables" a cuatro personas que habían sido acusadas con pruebas truchas de haber participado en el incendio del diario El Chubut en protestas masivas de 2021 en contra de la zonificación minera. Marcos Willipan, militante barrial del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), había estado una semana detenido y llevaba más de tres años con el peso de la acusación. Le dijo a Página/12 que siente alivio pero que "ahora hay que sacarse la estigmatización como ciudadano" ya que fue atacado políticamente y desde los medios. "El jurado popular entendió como nos había difamado también la justicia", celebró. 


Además, un tribunal oral condenó a tres policías de la Ciudad --a uno de ellos a perpetua-- por el asesinato del remisero Claudio Romano, un caso de gatillo fácil. Según los jueces, no actuaron en legítima defensa. Empezó el segundo juicio vinculado con homicidio de Lucas González: es contra el efectivo acusado de plantar un arma para encubrir el crimen. En la Cámara de Casación Federal, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y la familia de Rafael Nahuel, asesinado por la espalda en 2017 con la gestión de Bullrich, pidieron agravar a prisión perpetua por homicidio calificado la condena a los cinco prefectos ya sentenciados por a penas de hasta cinco años por homicidio en exceso de la legítima defensa. Son decisiones claves frente a una ministra que habilitó la discrecionalidad de las fuerzas de seguridad para disparar balas de plomo y que considera que los agentes no tienen responsabilidad por matar. 


Publicado en:

https://www.pagina12.com.ar/769257-el-regreso-de-la-doctrina-del-enemigo-interno

viernes, 7 de junio de 2024

Sandra Pettovello y una nueva compra dudosa de alimentos, por Irina Hauser (para "Página 12" del 07-06-24)

 


La todavía ministra hizo una transferencia millonaria a un programa de la ONU


Ahora la ministra deberá responder por la entrega de 14 mil millones de pesos al PNUD para adquirir alimentos, que todavía no se concretó. Lo hizo sin respetar la ley de Administración Financiera.


Por Irina Hauser

7 de junio de 2024


Aquí empieza el capítulo dos de la compra de mercadería para asistencia alimentaria con procedimientos dudosos por parte del ministerio de Capital Humano a cargo de Sandra Pettovello. En una resolución del 8 de febrero último, la ministra autorizó solo con su firma la trasferencia de 14.000 millones de pesos al "Proyecto del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD): Abordaje Comunitario del Plan Nacional Argentina Contra el Hambre". Era para que el organismo internacional participara en la compra de alimentos para los comedores comunitarios. Más allá de que hasta ahora era la propia cartera la que se encargaba de las compras, el punto es que Pettovello excedió por lejos el monto que está habilitada a conceder por su cuenta. La Ley de Administración Financiera y el decreto que la reglamenta establecen que si el desembolso supera los 2.700 millones de pesos debe llevar la aprobación y firma de la Jefatura de Gabinete. Además, el dinero se transfirió pero el proceso licitatorio no terminó, es decir que el alimento (arroz, fideos y leche en polvo) no llegó. En el PNUD están en estado de incertidumbre sin saber qué va a pasar con este proceso. 


El primer capítulo de esta historia, revelado por Página/12, que derivó en una denuncia penal, revelaba que Pettovello había delegado la licitación y adquisición de lentejas y aceite a la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI) y que por esa gestión le pagaba una comisión que fijó primero en un 6% y luego redujo a un 5%. Para eso giró, sin la firma del jefe de Gabinte, 6.772.500.000 pesos. En este caso las compras se hicieron: 1.650.000 botellas de aceite de 900 mililitros y la misma cantidad de paquetes de lentejas de 400 gramos. Aunque hubo un traspié: una de las marcas seleccionadas de lentejas, Alimentos Fransro SRL, había sido denunciada por el propio Ministerio de Capital Humano por el supuesto direccionamiento de la adquisición durante le gobierno de Alberto Fernández. Eso llevó a dejar sin efecto la compra de 400.000 paquetes. El resto apareció en los galpones de Villa Martelli y Tafí Viejo, donde el gobierno acopia los alimentos que no quería entregar hasta que se supo que miles de kilos de leche se vencían y quedó cercado por una medida cautelar confirmada por la Cámara Federal. 


Historia y novedades

El PNUD es un organismo internacional con prestigio que coopera con la Argentina desde hace cerca de dos décadas. El llamado "Abordaje Comunitario" fue un proyecto de gran importancia, desde 2006, como respuesta a la crisis de 2001. Ha mantenido convenios con el país a lo largo de los años. "Acompaña y facilita el financiamiento  de fondos de gobierno hacia organizaciones comunitarias que brindan prestaciones alimentarias en forma eficaz", explican en sus oficinas. Apunta a garantizar "el acceso a los alimentos de calidad" a grupos vulnerables. 


Durante la gestión anterior tuvo dos modalidades de acción. Una era la asistencia regular a comedores y merenderos a través de instituciones "conveniantes" (organizaciones no gubernamentales) que a la vez trabajaban con "ejecutantes" que eran los comedores propiamente dichos que recibían acompañamiento social y nutricional. La ONG debía rendir a PNUD el uso del dinero cada 45 días y el organismo al Estado nacional. La otra política que se aplicó, después de un escándalo por supuestos sobreprecios en la compra de fideos en 2020, fue la transferencia esporádica de fondos gestionados por PNUD a organizaciones para que pudieran reforzar la compra de alimentos "secos" (arroz, lentejas, aceite, yerba, entre otros). La rendición la tenían que hacer las propias organizaciones sociales. 


La marca Pettovello

La gestión de Pettovello llegó con el discurso de la transparencia y agilidad, pero no es lo que se vio hasta el momento en el ministerio multi-rubro a su cargo. Al ahora exsecretario de Niñez, Pablo de la Torre, lo echaron cuando apareció el alimento vencido y por vencer en los galpones, pero lo denunciaron por contratos laborales truchos con convenios con la OEI que se habrían utilizado también para cambiar dólares y distribuirlos entre funcionarios, según la denuncian penal del propio gobierno. De la Torre era, por su cargo, el director del proyecto PNUD en Argentina y además responsable de la "unidad ejecutora". 


Desde el inicio de la administración de Javier Milei se cortó la entrega de alimentos a los movimientos sociales que debía llegar a comedores y merenderos comunitarios. Ahora, apremiado por la imagen de dos galpones con 5,9 millones de kilos de comida, parte de la cual se venció y miles de kilos de leche en polvo cerca vencer, sumado el revés que sufrió en Comodoro Py con un fallo de la Cámara Federal, Capital Humano se presentó en el juzgado de Sebastián Casanello con un plan: dijo que distribuirá la mercadería en escuelas vulnerables (ver aparte). 


Desde diciembre, los programas de PNUD se suspendieron parcialmente. Lo novedoso es que Pettovello impulsó la intervención de la organización para asociarla en la compra de alimentos secos (en lugar de darles el dinero a las organizaciones). Puede hacerlo. El llamado a licitación lo suscribe De la Torre. 


La resolución de febrero de la ministra donde dispone la transferencia de los 14.000 millones argumenta que la intervención del PNUD en la adquisición de mercadería es factible en ciertos casos. Plantea: " …Que con el fin de garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de la población y familias argentinas y con especial atención en los sectores de mayor vulnerabilidad económica y social, el PROGRAMA ABORDAJE COMUNITARIO – PNUD ARG 20/004, bajo la fiscalización del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), además de financiar Proyectos de Prestaciones Alimentarias Comunitarias asiste en el proceso de adquisición de productos alimenticios destinados a organizaciones sociales en aquellos casos en que los procesos quedaran desiertos o no lograran su objetivo para garantizar el acceso a los alimentos, mejorar la calidad nutricional y complementar la cobertura alimentaria de las familias en situación de vulnerabilidad social…" 


Lo que no explicitó el ministerio es qué procesos quedaron desiertos o no lograron su objetivo. Aquella resolución estaba avalada por la supervisión de la subsecretaria Legal Leila Gianni, la misma que protagonizó el escándalo ante la Cámara Federal cuando se trenzó con Juan Grabois, el dirigente que ya en febrero denunció la falta de alimentos. "Se elevan los presentes actuados con la conformidad de quien suscribe, para su consideración", escribió el mismo 8 de febrero de la resolución. De los 14.000 millones, el Programa PNUD implica para el Estado un costo de de gestión del 3% ($ 420 millones en este caso). 


Todavía nada

La convocatoria para licitar está fechada el 11 de marzo. ¿Qué se pretende adquirir? 1 millón de paquetes de "leche en polvo entera fortificada" (de 1 kilo), 1 millón de paquetes de "arroz blanco o pulido de grano largo fino calidad 0000" (de 1 kilo), 1 millón de paquetes de "fideos secos de sémola" (de medio kilo). Página/12 intentó rastrear el estado de la licitación y pudo reconstruir que la presentación de ofertas y su apertura estaba prevista hasta el 17 de abril. Después no habría pasado más nada. En el PNUD explicaron que están "a la espera de una comunicación formal de la Unidad Ejecutora del Proyecto por parte de la Secretaría para ver si el proceso continúa o no y proceder en función de la decisión tomada". Hay preocupación. De todos modos, sostienen que el paso al que iba la licitación no estaba fuera de lo esperado. 


Así las cosas: el desembolso de los 14.000 millones se hizo y habría sido en abril, según la documentación disponible. El proceso no avanza y en el propio organismo internacional crece la inquietud por lo que pase y cómo deberán actuar. La nueva secretaria de Niñez, Yanina Nano Lembo, está ahora al frente del proyecto PNUD. 


Límites excedidos

Las normas que estaría infringiendo la ministra Pettovello son el artículo 35 de la Ley 24.156 (de Administración Financiera y de los Sistemas de Control) y su Decreto Reglamentario N° 1344/07, que establecen las competencias y los límites en la autorización de erogaciones. El decreto establece cuál es "la autoridad competente para aprobar gastos". "Si supera el importe que representa los cien mil módulos (100.000)" es "el jefe de Gabinete de ministros para todas las jurisdicciones o máximas autoridades de los organismos descentralizados). El valor de los módulos los van aggiornando los gobiernos. Hoy es de 27.000 pesos. Por lo tanto, si se superan los 2.700 millones tendría que estar la firma del jefe de Gabinete. En este caso le hubiera tocado a Nicolás Posse. 


Durante el gobierno anterior, en diferentes gestiones al frente de Desarrollo social, cuando las compras --que hacía el ministerio-- excedían el límite en cuestión firmaban por lo general el jefe de Gabinete y el ministro/a del área. No hubo convenios con la OEI, que además están más bien enfocados en cultura, educación y ciencia, ni para tercerizar la compra de alimentos. 



Publicado en:

https://www.pagina12.com.ar/742805-sandra-pettovello-y-una-nueva-compra-dudosa-de-alimentos

jueves, 25 de abril de 2024

La Corte no ve ningún caso contra el DNU de Javier Milei, por Irina Hauser (para "Página 12" del 24-04-24)

 


¿Cómo se le dice a alguien que no tiene vergüenza?


Rechazo supremo a un per saltum para que el Congreso revise el megadecreto


Por Irina Hauser

24 de abril de 2024


La Corte Suprema en pleno no sólo rechazó la semana pasada pedidos de inconstitucionalidad y nulidad del DNU 70/2023 de Javier Milei alegando razones formales: este martes hizo lo mismo con un planteo del constitucionalista Andrés Gil Domínguez que reclamaba que los supremos le pusieran un plazo de 30 días al Congreso para que lo revise (apruebe o rechace), como establece la ley. En todos los casos, el tribunal usó el mismo argumento: afirmó que "no hay caso" ni "controversia". En ninguno se pronunció sobre la cuestión de fondo. Aun así, sus decisiones son favorables al Gobierno.   


El DNU de Javier Milei que vino a desregular la economía y cuyos estragos en el bolsillo de la ciudadanía son palpables, sigue vigente casi en su totalidad (las excepciones son el capítulo laboral, la derogación de la ley de tierras y las sociedades anónimas deportivas). La ley 26.122 que regula el trámite de los Decretos de Necesidad y Urgencia dispone que una vez publicados deben ser enviados al Congreso para su revisión. La Comisión Bicameral de Trámite Legislativo tiene 10 días hábiles para expedirse y elevar su dictamen a las cámaras. Si no se pronuncia, "las Cámaras se abocarán al expreso e inmediato tratamiento del decreto", establece la Constitución (artículo 99º inciso 3 y artículo 82º). 


Asunto legislativo

Para que caiga un DNU deben rechazarlo ambas cámaras. Hasta ahora sólo el Senado lo hizo. La Cámara de Diputados mira hacia otro lado. Gil Domínguez hizo varias presentaciones vinculadas con el DNU. La que resolvió la Corte no tenía que ver con su contenido, sino con el cumplimiento del proceso parlamentario de revisión. El jurista sostuvo que como "integrante del pueblo argentino" le corresponde una  "‘porción de soberanía popular’ en igual condición que al resto de las personas para instar ante el Poder Judicial a que los representantes del pueblo deliberen en las condiciones establecidas por la Constitución para determinar la validez o invalidez de un decreto de necesidad y urgencia". Si esto no se reconoce, sostuvo, la soberanía popular sería "una mera entelequia". 


Los cuatro jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, argumentaron en cuatro páginas que Gil Domínguez no explica "cuál sería la afectación concreta y particularizada" que lo movió a hacer su petición y eso "resulta insuficiente para tener por configurado un caso o controversia". Para el máximo tribunal tampoco hay "gravedad institucional" porque eso "se refiere a situaciones que exceden el interés de las partes y atañen al de la comunidad". 


Después de que la Corte rechazara la semana pasada los planteos contra el DNU presentados por la provincia de La Rioja y el abogado Jorge Rizzo, con el mismo argumento de falta de caso, Gil Domínguez respondió que el concepto de "caso" o "controversia" cambió con la reforma constitucional de 1994 -de la que participaron Rosatti y Maqueda- con el artículo 99º inciso 3 de la Constitución que dice: 'El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable emitir disposiciones de carácter legislativo'". 


El especialista sostiene que "la nulidad absoluta puede ser peticionada por cualquier persona interesada o por el órgano público habilitado a tales efectos (Ministerio Público Fiscal o Defensor del Pueblo), no está sujeta a plazo de prescripción y puede ser declarada de oficio por un juez o jueza". "No solo tiene efectos normativos de invalidación de los actos emitidos, sino también constituye un principio jurídico ordenador que garantiza la vigencia del sistema democrático (...) defiende la voz del pueblo garantizando que su voluntad sea expresada a través de sus representantes en el Congreso (...) es un salvoconducto para el autoritarismo y una garantía para el sistema de derechos civiles, políticos, económicos, sociales culturales y ambientales", señala. Recuerda un fallo de la propia Corte ("Consumidores argentinos") contra un DNU que postulaba la necesidad de frenar al "presidencialismo". 


¿Por qué ahora?

"La Corte Suprema se tiene que hacer cargo que con su postura habilitó la existencia de un sistema autocrático de gobierno mediante la instrumentación del dictado de DNUs y la sustitución de la función legislativa del Congreso por parte del Poder Ejecutivo, ante el cual el tribunal será un fiel acompañante", expresó Gil Domínguez. "Si nadie puede ir a la Justicia para controlar políticamente un DNU, habilitan un gobierno autócrata. En mi caso es mas grave porque ni siquiera pedí en este expediente que invaliden el DNU sino que le digan al Congreso que resuelva como dice la Constitución. No veo línea ni coherencia en la Corte Suprema", le dijo a Página/12. 


Desde que fue publicado el DNU el 20 de diciembre de 2023, la Corte comenzó a recibir pedidos de nulidad, inconstitucionalidad y otros planteos. Algunos fueron por competencia originaria y otros llegaron por apelación. El recurso de Gil Domínguez que acaba de resolver era un per saltum. Hasta la semana pasada los supremos no habían resuelto nada relacionado con el decreto. El efecto fue la continuidad de su vigencia, a excepción de los puntos suspendidos por tribunales inferiores. Las resoluciones que comenzó a dictar no analizan la validez del DNU sino que son rechazos por tecnicismos: en esencia, no reconocen la legitimación a quienes reclaman. 


¿Es un guiño al Gobierno? Rosatti, presidente supremo, dijo días atrás que la Corte estaba dando tiempo a la política para que resuelva la pelea por el DNU. Luego Milei lanzó que al menos tres cortesanos "tienen una posición poco amigable" con este tema. Días antes había nominado para ocupar vacantes en el tribunal a candidatos no avalados por esa mayoría. Y después llegaron, cual desmentida, las primeras decisiones de la Corte inclinadas a favor de la administración libertaria. La relación Corte-Gobierno es visiblemente sinuosa y hay que tener en cuenta que los cortesanos tienen muchos reclamos sin resolver, no sólo sobre la constitucionalidad del DNU, sino demandas de varias provincias por los recortes de fondos. Todavía no sucedieron las más grandes jugadas palaciegas, ni se sabe si ocurrirán. 




Publicado en:

https://www.pagina12.com.ar/731318-la-corte-no-ve-ningun-caso-contra-el-dnu-de-javier-milei

miércoles, 14 de febrero de 2024

La clave para frenar todos los aumentos de la medicina prepaga, por Irina Hauser (para "Página 12" del 13-02-24)

 


Hasta ahora las causas contra los incrementos tramitan en forma individual


Ante un amparo particular dictado contra el megaDNU de Milei, el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema estableció que debe tramitar junto con la única causa inscripta allí. La decisión abre la posibilidad de que haya un fallo con efectos generales para todos los usuarios de empresas de salud privadas.


Por Irina Hauser

13 de febrero de 2024 


Ante la multiplicación de reclamos por los aumentos en las cuotas de la medicina prepaga habilitados por el DNU 70/2023 de Javier Milei, algunos juzgados conceden unas cinco medidas cautelares por día para ponerles freno. Lo que ocurre es que son todos casos resueltos en forma individual, tienen características específicas (por ejemplo, planteos de jubilados/as o familiares de pacientes con alguna discapacidad) y demandan a empresas puntuales. ¿Es posible que haya un fallo con efectos generales que suspenda para todos los socios/as de todas las prestadoras de salud los drásticos incrementos? La semana pasada se abrió una puerta para eso, ya que el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema indicó que un amparo -dirigido contra el Estado y que pide la inconstitucionalidad de los los artículos del decreto que liberaron los precios de los servicios de medicina privada- tramite junto con la única causa que hasta ahora quedó anotada allí, un expediente contra la Sociedad Italiana de Beneficencia que está a cargo de la jueza de San Martín, Martina Forns. 


En el amparo contra el Hosipital Italiano, Forns había hecho lugar -el 15 de enero último- a una medida cautelar solicitada por Marta Cristina Brauchli, de 78 años, quien alegó que con los aumentos de 40 por ciento en enero y casi 30 por ciento en febrero le resultaba imposible pagar la cuota, que representa aproximadamente la mitad de su haber jubilatorio, de 323.089 pesos. Como es conocido, todo aumenta menos las jubilaciones y los salarios. El fallo invoca "los principios que rigen la preservación de la salud y la vida de las personas" como derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales, en el Pacto de San José de Costa Rica y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos", todos con rango constitucional. Su decisión fue suspender el aumento de plano para esta mujer en particular. Lo mismo hizo en otros planteos con características similares. Personas que deben sostener tratamientos, que están en una situación de precariedad y en muchos casos dependen de ingresos que el Estado ha decidido limitar. 


Incidencia colectiva

El juzgado de Forns tiene causas contra otras prepagas. No está claro por qué la que involucra a la Sociedad Italiana fue la única que quedó anotada hasta ahora en el registro de la Corte para casos donde están en juego derechos de incidencia colectiva, ya que hay más pedido similares. Suponiendo que la jueza falle sobre el fondo, el efecto colectivo -como están dadas las cosas hoy- sería para los socios del Italiano. La novedad es que eso podría cambiar. Entre los expedientes que hacían fila para ser inscriptos como acciones colectivas, había un amparo del abogado Eduardo Santiago Wilson, quien apuntó contra el Estado al cuestionar directamente la validez constitucional de los artículos 267 y 269 del DNU (que quitan el control estatal a las prepagas y permiten liberar precios) y la semana pasada el Registro de Procesos Colectivos le informó que su planteo debe tramitar en el mismo juzgado que logró la inscripción de un amparo colectivo. Eso es, señaló el oficio, por la "sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva".  


La presentación de Wilson le había tocado al Juzgado Civil y Comercial Federal 3 de Juan Stinco, quien lo admitió a fin de año y pidió la inscripción como proceso colectivo en la Corte. La Cámara del fuero se negó a habilitar la feria. El Registro del alto tribunal no le contestó al magistrado hasta hace unos días, cuando reclamó una vez terminada la feria. La Corte va manejando los tiempos y dilata con el discurso de que es mejor que resuelva la política (en este caso el DNU lo puede rechazar el Congreso). Con un mes y medio perdido, Stinco le tuvo que mandar el amparo a Forns (junto con otros similares). Ahora la papa más que caliente, y la llave, la tiene la jueza. Ella tendrá que decidir primero si acepta el caso y, eventualmente, si lo acumula. Si eso sucede puede dictar una cautelar con un criterio general, o no. Habrá que ver qué analiza. Luego vendrá la cuestión de fondo, sobre la validez constituconal de los artículos implicados del DNU. "El derecho a la salud, por naturaleza, es un derecho de incidencia colectiva, un bien colectivo compartido por el universo de usuarios de los servicios que prestan las Empresas de Medicina Prepagas", argumentaba Wilson sobre el alcance de su reclamo.  


En las cautelares que frenaron el aumento en reclamos individuales, la jueza puso en cuestión la eliminación de controles. Explicó que el DNU 70/23 "modificó el marco regulatorio de las empresas de medicina prepaga y de las obras sociales (ley 26.682) derogando mediante el artículo 267 los artículos 5 incisos G y M y sustituyendo mediante el artículo 269 la redacción del artículo 17. De este modo, se han derogado las funciones de la Autoridad de Aplicación quien fiscalizaba el cumplimiento de las prestaciones del PMO (Plan Médico Obligatorio), los contratos y planes", y que debía fiscalizar y garantizar la razonabilidad de las cuotas de los planes prestacionales; respecto del aumento de las cuotas la Autoridad de Aplicación debía autorizar el aumento 'cuando el mismo esté fundado en variaciones de la estructura de costos y razonable cálculo actuarial de riesgos' (...) Como consecuencia de ello, la falta fiscalización de las empresas de medicina prepaga y/o la no exigencia de solicitar autorización por parte de las mismas trajo como lógica consecuencia los aumentos por los que aquí se reclama". Además, señala en los amparos que analizó que las empresas no dan una justificación del incremento de la cuota. 


Forns decidió suspender los aumentos y acotó que solo podría aplicarse la parte del artículo de 17 que quedó en pie, que dice que se "pueden establecer precios diferenciales para los planes prestacionales, al momento de su contratación, según franjas etarias con una variación máxima de tres veces entre el precio de la primera y la última franja etaria". 


En los tribunales de San Martín, otros dos jueces otorgaron medidas cautelares que frenaron aumentos de prepagas, y lo mismo hicieron juzgados de tres de Febrero y de Mendoza. En algunos casos el criterio fue diferente al de Forns. Plantearon dar marcha atrás con el aumento para casos individuales pero utilizar como referencia para cualquier ajuste el índice Ripte (Remuneración Imponible de los Trabajadores Estables). Hay algunos amparos donde la prepaga pretende cobrarles a jubilados casi lo mismo que reciben de jubilación. 


Otro mecanismo

En la provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Producción, a cargo de Augusto Costa, dictó una "medida preventiva" para que la empresa OSDE deje sin efecto los aumentos de enero y febrero, que consideró abusivos, para una afiliada "con más de 15 años de antigüedad", "adulta mayor", "y con enfermedades preexistentes". Le exigió que garantice el servicio y apuntó que el criterio debería ser el del Ripte: el aumento para enero sería inferior al 6 por ciento. La cartera en cuestión tiene la facultad de adoptar este tipo de medidas. El procedimiento se realiza a través de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, que recibe las denuncias. En caso de que la firma incumpla, se le puede aplicar una multa de hasta 780 millones de pesos. Antes se intenta una audiencia de conciliación. Si falla, el caso va ahí sí camino a la judicialización. La instancia de reclamo por derecho de usuarios y consumidores, al menos la provincia que gobierna Axel Kicillof, es un camino alternativo. 



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