Lo decidió el juez en lo contencioso administrativo federal
Enrique Lavie Pico. Mediante una resolución de ocho carillas, el magistrado
afirmó: "Resulta claro que el examen de la tutela pretendida implica
examinar de manera anticipada la materia debatida en la causa". El fallo completo.
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INFOnews
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El juez en lo contencioso administrativo federal
Enrique Lavie Pico rechazó una medida cautelar "preventiva" en el
marco de un amparo para que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de la
que regula las medidas cautelares", indicaron esta mañana fuentes
judiciales.
Mediante una resolución de ocho carillas, firmada el 8 de
mayo, el magistrado afirmó que "resulta claro que el examen de la tutela
pretendida implica examinar de manera anticipada la materia debatida en la
causa", motivo por el cual resolvió "rechazar la medida cautelar
solicitada".
La causa la entabló la Asociación Argentina
de Abogados Ambientalistas de la
Patagonia , que pidió la "nulidad e inconstitucionalidad
de la ley 26.584 mediante la cual se limita el dictado de las medidas cautelares".
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