LA
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FRENO LA RECUPERACION DEL
PREDIO FERIAL DE PALERMO POR PARTE DEL ESTADO
La resolución está firmada por los camaristas Francisco de
las Carreras, Graciela Medina y Ricardo Guarinoni. El Poder Ejecutivo apelará
la medida, por lo que el trámite se definirá en la Corte Suprema de
Justicia.
La
Cámara Nacional de Apelación en lo Civil y Comercial volvió a
fallar en contra del Estado. Sobre el final del día, habilitó la feria judicial
y le concedió a la
Sociedad Rural una medida cautelar que frenó la recuperación
del predio ferial de Palermo por parte del Estado nacional. La resolución está
firmada por Francisco de las Carreras, Graciela Medina y Ricardo Guarinoni. El
Poder Ejecutivo apelará la medida cautelar a favor de la SRA, por lo que el trámite
continuará en la Corte
Suprema de Justicia. “Esta decisión ratifica lo que venimos
afirmando sobre que hay ciertos sectores de la Justicia que han
inventado una nueva rama jurídica, la justicia cautelar”, sostuvo el jefe de
Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, tras conocerse el fallo a favor de la Sociedad Rural.
La decisión adoptada por la Cámara fue decidida “ante
el riesgo inminente” del desalojo fijado por el Poder Ejecutivo, en función de
la anulación de la venta del predio. Hay que destacar que los jueces que
intervinieron son los mismos que ya le concedieron al Grupo Clarín una medida
cautelar. Al igual que De las Carreras, Guarinoni fue recusado por el Gobierno
por haber aceptado un viaje a Miami, auspiciado por el Grupo Clarín. Incluso, la Sala II –que tuvo la
cautelar de la SRA
antes de la feria– es la misma que unificó dos causas diferentes del Grupo
Clarín, una iniciada por la empresa Supercanal y una mucho más antigua
vinculada con la fusión de Multicanal y Cablevisión. Esta movida, que terminó
beneficiando al holding empresario, fue firmada por Guarinoni y Santiago
Kiernan, otro juez recusado por haber viajado a Miami y que optó por renunciar
a su cargo.
El Gobierno había dispuesto la recuperación del predio tras
haber confirmado que en 1991 la Sociedad Rural pagó un “precio vil” por dicho
terreno. Luego de la anulación de esta operación, la Agencia de Administración
de los Bienes del Estado informó a la
SRA que el predio sería desalojado el 20 de enero. Ahora esta
medida quedó sin efecto producto de la cautelar.
El Estado tomó la decisión de recuperar el predio de Palermo
en base a un fallo del juez Sergio Torres y dos informes de la Procuración del Tesoro
de la Nación. Incluso
la Cámara Nacional
en lo Criminal y Correccional confirmó en 2010 la vigencia de la causa penal
contra los empresarios y funcionarios involucrados en la venta del predio.
El pasado 20 de diciembre de 2012, el Poder Ejecutivo dictó
el decreto 2552 con el que declaró nula la entrega del predio ferial de Palermo
a la Sociedad Rural.
El hecho ocurrió en 1991, en el marco de la reforma del Estado menemista que
dispuso el desguace de las principales empresas que eran patrimonio público. Lo
mismo ocurrió con las doce hectáreas de ese terreno enclavado en Palermo, según
argumentó el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, en el momento en que
anunció la medida desde la Casa
de Gobierno.
A través del decreto 2699/91, el gobierno de Carlos Menem
entregó el predio conocido como La
Rural por 30 millones de dólares, un valor que estuvo por
debajo del 50 por ciento del precio real en ese momento (precio vil). La cámara
patronal había acordado un pago de 10 millones de dólares en efectivo y luego
una financiación a 10 años, donde pagaría dos millones de dólares por año. En
2001, luego de la crisis económica tras la caída del gobierno de la Alianza, la SRA dejó de pagar.
Cuando los dirigentes patronales se enteraron del decreto,
afirmaron que el Gobierno se estaba “vengando del campo” por su resistencia a
la resolución 125 que Cristina Fernández de Kirchner impulsó para tratar de
fijar retenciones móviles a los principales granos. Sin embargo, hubo un
conjunto de pasos legales e institucionales previos que desembocaron en el
decreto 2552, que ahora fue frenado por la Cámara Civil y
Comercial. La cautelar de la SRA
había sido rechazada por la jueza de primera instancia. En 2010, el juez
federal Sergio Torres procesó por el delito de “peculado” al ex ministro de
Economía Domingo Cavallo y al ex presidente de la Sociedad Rural
Eduardo de Zavalía, por haber participado en la venta del predio de Palermo.
Esta causa penal continúa su curso legal. Además, la Cámara Federal de
Casación Penal había dictaminado que el presidente Menem no tenía responsabilidad
porque consideró que el delito había prescripto, pero el Estado apeló y la
causa se encuentra en la
Corte Suprema con dictamen de la Procuración favorable
a su reapertura.
Entre los antecedentes, también figura un dictamen de la Procuración del Tesoro
que determinó que la
Sociedad Rural, en connivencia con el Estado menemista, había
pagado un precio vil por dicho predio. Ante esta situación, la Procuración dictaminó
que el Estado debía cobrar lo adeudado por la Sociedad Rural o
declarar nula la venta. “El decreto 2699/91 se encontraría viciado, al menos en
sus elementos causa, objeto, finalidad y motivación (según el artículo 14 de la
ley 19.549). El valor del predio forma parte de los aspectos fácticos, por lo
que una valuación incorrecta de aquél conllevaría un vicio grave”, sostuvo el
informe de la Procuración
del Tesoro, que sirvió de base para el dictado del decreto 2552.
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