NOTA DE MIRANDO HACIA ADENTRO: Si bien Palma escribe antes del fallo de Alfonso, las reflexiones del panelista de 678 conservan plena vigencia.
El último fallo de la “Cámara en lo Clarín y Comercial” que prorrogó la cautelar que favorece al grupo de Héctor Magnetto, tornó obsoleto el 7D si bien debe entenderse como un avance que todos los grupos (salvo Clarín) hayan presentado un plan de adecuación, esto es, hayan reconocido a la ley vigente y a la autoridad de aplicación que surge de ella. Pero la prórroga de la cautelar realizada por el recusado juez De las Carreras ha trabado el aspecto medular de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual pues de mantenerse la posición dominante en el sistema de cable, las nuevas señales están condenadas a la invisibilidad. Ahora bien, a través del mecanismo del per saltum, el gobierno intentó que la Corte corrija el vergonzoso fallo que se burla del pedido que ésta misma había realizado cuando sucesivamente habló de “tiempos razonables” para las cautelares y luego, con menos ambigüedad, determinó que el 7D sería el plazo máximo para estas nuevas formas de la dilación. Pero resultaba evidente que por tratarse de un fallo de segunda instancia y de una cautelar, la iniciativa no prosperaría. Lo que queda, entonces, es esperar un inminente fallo sobre la cuestión de fondo, en manos del juez Alfonso y según cuál sea su decisión será apelada por el Grupo Clarín o por el Estado argentino. Así, todos los caminos llevan a la Corte, y a su Jefe: Ricardo Lorenzetti.
El último fallo de la “Cámara en lo Clarín y Comercial” que prorrogó la cautelar que favorece al grupo de Héctor Magnetto, tornó obsoleto el 7D si bien debe entenderse como un avance que todos los grupos (salvo Clarín) hayan presentado un plan de adecuación, esto es, hayan reconocido a la ley vigente y a la autoridad de aplicación que surge de ella. Pero la prórroga de la cautelar realizada por el recusado juez De las Carreras ha trabado el aspecto medular de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual pues de mantenerse la posición dominante en el sistema de cable, las nuevas señales están condenadas a la invisibilidad. Ahora bien, a través del mecanismo del per saltum, el gobierno intentó que la Corte corrija el vergonzoso fallo que se burla del pedido que ésta misma había realizado cuando sucesivamente habló de “tiempos razonables” para las cautelares y luego, con menos ambigüedad, determinó que el 7D sería el plazo máximo para estas nuevas formas de la dilación. Pero resultaba evidente que por tratarse de un fallo de segunda instancia y de una cautelar, la iniciativa no prosperaría. Lo que queda, entonces, es esperar un inminente fallo sobre la cuestión de fondo, en manos del juez Alfonso y según cuál sea su decisión será apelada por el Grupo Clarín o por el Estado argentino. Así, todos los caminos llevan a la Corte, y a su Jefe: Ricardo Lorenzetti.
Pero Lorenzetti, a diferencia del resto de los jueces que conforman
la Corte que
reemplazó a la “Corte adicta” del menemismo, no ha ocultado, al menos
extraoficialmente, su voluntad de realizar una carrera política. Incluso, uno
de sus pares, el decano Carlos Fayt, declaró públicamente que vería con buenos
ojos a un Lorenzetti presidente de la Nación. Además, como recordaba Horacio Verbitsky
en su nota del domingo pasado, Wikileaks reveló que desde el “no positivo” de
Cobos, se venía reuniendo en secreto un grupo integrado por empresarios,
banqueros y referentes políticos como Ernesto Sanz y Alfonso Prat Gay, entre
otros, con el fin de diseñar una estrategia “poskirchnerista”. De estas
reuniones fue notificada la embajadora de Estados Unidos, Vilma Martínez, por
boca de Gabriela Michetti y la información publicada por el sitio de Julian
Assange da cuenta de que Lorenzetti era parte de esos encuentros y que incluso
su nombre aparecía como compañero de fórmula en una eventual candidatura a
presidente de Julio Cobos.
En este contexto, la decisión de la Corte se muestra más
política que cualquier otra decisión que, en tanto tal, claro, siempre es
política. Sin embargo, alcanza una instancia incómoda pues la Corte ya no podrá seguir con
ese rodeo zigzagueante de ambigüedades que reparte flores y cuchillos para un
lado y para el otro de manera tal de tener a ambos contendientes “a raya”.
Ahora bien, este aspecto coyuntural y, al fin de cuentas,
hipotético (lo aclaro, como siempre, para que ningún abogado del Grupo Clarín
pretenda realizarme una denuncia penal), se enmarca en discusiones
estructurales y conceptuales acerca del rol de la justicia en su relación con
el resto de los poderes. Sin duda, el control de constitucionalidad es una
prerrogativa del poder judicial como forma de control sobre el poder
legislativo en ese complejo intento de equilibrio que el modelo republicano
construye dividiendo la soberanía en un sistema de contrapesos constantes.
Porque, claro está, es posible que el poder legislativo sancione una ley que
contradiga los principios de la
Constitución y en tanto tal carezca de validez. Sin embargo,
este mismo modelo es el que muchas veces transforma al poder judicial en aquel
poder nunca refrendado por la voluntad popular que, sin embargo, acaba
ejerciendo de hecho acciones legislativas y ejecutivas. En otras palabras,
desde esta misma columna se ha mostrado en más de una ocasión el carácter
contramayoritario del poder judicial, heredero de esa prosapia antidemocrática
con que la constitución estadounidense trató de poner límites a los vaivenes de
la voluntad popular. En esta línea tampoco se puede olvidar esa interesante
distinción que el jurista Arturo Sampay realizara mostrando el modo en que el
Estado de Derecho liberal-burgués separaba el Estado (como representativo del
pueblo) del Derecho, para garantizar que el modelo esté exento de cualquier
intento de modificación vía los representantes populares de turno. Pero en
muchos casos el poder judicial no opera simplemente como un espacio de
resistencia ante las pretensiones presuntamente populistas sino que compele a
la realización de políticas activas. En esta línea tómese el ejemplo de los
diferentes fallos que obligan al ANSES a actualizar las jubilaciones. La
discusión es muy interesante y prometo abordarla en próximas columnas, pero la
decisión de las diferentes cámaras y de la propia Corte Suprema, evidentemente
altera, para bien o para mal, las políticas de un gobierno. En este caso, con
buen tino, el titular de ANSES mostró con números claros que generalizar, por
ejemplo, el fallo Badaro, no sólo quebraría en pocos años el sistema
previsional sino que afectaría decisiones ejecutivas plasmadas en políticas
tales como
a) la cobertura que ya incluye a más del 95% de aquellos
hombres y mujeres en edad de jubilarse;
b) el achicamiento de la pirámide a través de una política
de mayor aumento de las jubilaciones mínimas y
c) el conjunto de políticas sociales como los planes
CONECTAR, PROCREAR o la AUH.
Insisto con esto: no se valora aquí si las políticas del
gobierno son buenas o no sino simplemente lo que se busca es mostrar que las
decisiones del poder Judicial no se abocan simplemente a “limitar” una acción
que vulnere derechos individuales sino que en muchos casos obliga a políticas
activas, algo que, en principio, debiera ser potestad del poder Ejecutivo o del
Legislativo. Para tomar un caso menos controvertido, recuérdese por ejemplo el
fallo de la Corte
que obliga al Estado a ocuparse del saneamiento del Riachuelo. Nadie en su sano
juicio puede oponerse a esa decisión pero si lo que está en juego es la discusión
en torno a la división de poderes no sería descabellado afirmar que puede que
el poder judicial se esté tomando una atribución que no le compete.
En esta línea, creo que hace falta
resaltar varias cosas. Desde el punto de vista coyuntural de la historia
reciente de la Argentina,
parece que ha llegado la hora de desnudar, de una vez por todas, el entramado
que vincula a varios jueces con los poderes económicos y el grupo de familias
con doble apellido que ha sobrevivido en posición dominante a todos los
gobiernos. Por otra parte, desde el punto de vista conceptual, no sería mala
idea comenzar una larga discusión acerca del rol de los jueces y el modo en que
el sistema republicano sacraliza al único poder que nunca se expone a la
voluntad popular como sí ocurre en el 90% de los Estados que conforman los
Estados Unidos por ejemplo.
Es esta misma sacralidad aristocrática la que justamente
transforma a un juez en un candidato ideal para la oposición. Porque todos los
demás están embarrados: los políticos de la oposición no pueden ser buenos
candidatos porque ellos mismos promueven un discurso antipolítico; los
periodistas opositores están en su momento de credibilidad más baja y prefieren
ocupar su clásico espacio de lobby y presión desde la presunta neutralidad
frente a las facciones políticas que eventualmente pueden llegar a ubicar a un
militante en el “puesto menor” de Presidente. Lo que queda es un representante
de la impoluta justicia. Un hombre de leyes que en tanto tal parezca sólo un técnico,
un sujeto que no interpreta ni hace política sino que sólo actúa como marca la
ley. Porque en el relato opositor, perdida la posibilidad de un triunfo en las
urnas, lo único que queda es una ayuda de la biología (como sucede en
Venezuela), la presión mediática o la última trinchera del statu quo: la
justicia.
¿Se imagina qué buen candidato opositor sería el jefe de la Corte Ricardo
Lorenzetti si le diese un voto no positivo a la ley de Medios que afecta a
Clarín? ¿Acaso las fuerzas opositoras no encontrarían en él al hombre que
pudiera aparecer por encima de las luchas de facciones como defensor de la
nueva biblia republicana, la
Constitución? ¡Quién lo diría! Quizás está naciendo un nuevo
Cobos y nosotros no nos habíamos dado cuenta.
Publicado
en:
http://elinfiernodedanteblog.blogspot.com.ar/2012/12/lorenzetti-la-ultima-esperanza-no.html?spref=tw
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