El proyecto de ley que declara de interés público la producción del insumo ya cuenta con media sanción de Diputados
Publicado en TIEMPO ARGENTINO el 19 de Diciembre de 2011
Por Gustavo Cirelli
Vicedirector de Tiempo Argentino
En su edición de ayer, el matutino omitió mencionar el artículo 42 de la Constitución Nacional, en su Capítulo Segundo sobre “Nuevos derechos y garantías”, y el inciso 3 del artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica.
La tapa de ayer de Clarín permitiría interpretar un apego por parte de ese diario a la Constitución Nacional, lo que no dejaría de ser un salto en calidad para el conjunto de la sociedad. Podría entenderse, también –siempre recurriendo al uso del condicional por tratarse de quien se trata– que atrás quedaron los tiempos, no tan remotos, en el que el diario de Noble-Magnetto no dudó en asociarse con las tres armas durante el terrorismo de Estado, por ejemplo, para despojar a la familia Graiver de la empresa Papel Prensa. Una acción que presume, en principio, un delito de lesa humanidad por el que están siendo investigados por la justicia de la democracia el propio Héctor Magnetto y su socio Bartolomé Mitre, de La Nación. Más atrás, de ser así, quedó aquella tapa de bienvenida al régimen genocida de Videla-Massera, del 25 de marzo de 1976, cuando los argentinos nos enteramos por Clarín que había un “Nuevo gobierno”. Ese fue el título para aclarar en una bajada infame: “La prolongada crisis política que aflige al país comenzó a tener su desenlace esta madrugada con el alejamiento de María E. Martínez de Perón como presidenta de la Nación”. Así bautizó Clarín a la dictadura más asesina de la historia. No habló de golpe de Estado. Tampoco del inicio de lo que fue una violación sistemática, por parte de un régimen cívico-militar durante más de siete años, de la Constitución Nacional y, por ende, de todos los artículos que la componen. Nada dijo entonces, por caso, del artículo 32 que ayer esgrimió en su portada con más efectismo marketinero que denuncia veraz. Dice así: “El Congreso federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal.”
A qué se debe tanto nerviosismo de Clarín por estos días. Sencillo: Diputados dio media sanción al proyecto de ley que declara de interés público la producción, distribución y venta de papel de diario. Una iniciativa que fue aprobada, el jueves pasado, en la Cámara Baja por 134 votos a favor y 93 en contra, y que el próximo jueves debatirá el Senado, y se prevé será sancionada como ley. El proyecto fue impulsado el año pasado por la diputada del Frente para la Victoria Juliana Di Tullio. Se realizaron audiencias públicas de las que participó más de un centenar de expositores. Los representantes de Clarín y de La Nación no asistieron. Todavía especulaban con que el hoy deshilachado opositor Grupo A frenase la iniciativa, mientras sus diarios se dedicaban a intentar esmerilar, sin éxito, la gestión de Cristina Fernández de Kirchner desde sus portadas. Una tarea fallida, por cierto, a la luz del 54,11% que obtuvo la presidenta en las elecciones y que le permitió reasumir un segundo mandato el 10 de diciembre. Aquellas estimaciones de Magnetto fallaron y hoy, desde su factoría de negocios, deben recurrir a otras argucias para no perder los privilegios que supieron atesorar desde que los militares le entregaron Papel Prensa, la empresa que monopoliza en el país la producción del principal insumo para los diarios, lo que le permitió por más de tres décadas recurrir a la discrecionalidad en el costo del papel, en algunos casos obligando a otros diarios a pagar hasta un 50% más caro, como sucede con los del Grupo 23.
Es válido, entonces, permitirse dudar del apego a la letra fría de la Constitución Nacional por parte de Noble-Magnetto. ¿Por qué? Porque en su cuidada edición del domingo 18 de diciembre omitieron mencionar el artículo 42 de la Primera Parte de la Carta Magna, en su Capítulo Segundo, sobre “Nuevos derechos y garantías”, que dice: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios. La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.” El constitucionalista Eduardo Barcesat lo explica (ver aparte): “El proyecto que por el momento tiene la aprobación de la Cámara de Diputados, ni remotamente lesiona la Constitución, ni la Convención Americana de Derechos Humanos. Muy por el contrario, su legitimidad hinca en lo dispuesto por el artículo 42 de la Constitución Nacional cuando deslegitima las prácticas monopólicas y, además, preserva derechos de usuarios y consumidores, establece un deber de proveer información veraz y adecuada. La normativa en examen sólo comporta poner en igualdad de condiciones en el acceso al consumo del insumo principal que es el papel de diarios a todos los medios periodísticos.”
Clarín en su ofensiva contra lo aprobado por los diputados omite, también, una información no menos significativa al no mencionar, en su edición de ayer, cuando hace referencia a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida como “El Pacto de San José de Costa Rica”, a lo que se detalla en su artículo 13 sobre la Libertad de Pensamiento y de Expresión, en el inciso 3: “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.”
Léase claramente: “El abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos.” La práctica que ejercieron Clarín y La Nación por más de 30 años, por ejemplo, al venderse a sí mismos el insumo a un precio mucho menor que a sus competidores. Clarín no ve amenazada su libertad de expresión ni de imprenta, lo que no quiere es perder sus privilegios, su rol dominante en el mercado, y está dispuesto a todo, incluso a usar de manera antojadiza la Constitución de los argentinos. A mentir. Como lo hizo desde su multimedios cuando se debatía en los ámbitos democráticos la Ley 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual. Asustaba el Grupo Clarín a su audiencia al repetir, por ejemplo, que la señal TN desaparecería si se aprobaba la nueva Ley de Medios: ahí está TN intacta, con la misma libertad de siempre para decir lo que siempre dijo. Lo mismo sucederá ahora con la prensa escrita: ahí estará Clarín para seguir relatando la realidad al antojo de sus intereses mercantiles. Pero también estarán ahí los otros diarios, sin padecer la asfixia comercial a la que los había condenado el monopolio.
El derecho a la información –como ya se dijo más de una vez desde las páginas de Tiempo Argentino– no es un derecho del monarca, ni de imprenta ni de empresa ni de prensa, es un derecho humano que los estados deben garantizar.
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Más información en :
“LIBERTA DE EXPRESIÓN, EN SERIO”, por Daniel Cecchini
http://sur.infonews.com/blogs/daniel-cecchini/libertad-de-expresion-en-serio
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