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jueves, 21 de diciembre de 2023

Constitucionalistas y funcionarios criticaron el DNU de Milei, por "lv12" del 21-12-23



"No existen las circunstancias excepcionales que exige la Constitución para el dictado de un DNU”, aseguró Daniel Sabsay, profesor de derecho constitucional.


21 DE DICIEMBRE DE 2023 


Constitucionalistas y funcionarios criticaron duramente el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) anunciado por el presidente Javier Milei durante la noche del miércoles.

Daniel Sabsay, especialista y profesor de derecho constitucional, calificó al paquete de medidas como "una locura" y agregó: “No recuerdo una cosa así, ni en la época de Menem, ni en el gobierno militar”. El experto aseguró que el decreto "es inconstitucional" y se va a judicializar dado que "no existen las circunstancias excepcionales que exige la Constitución para el dictado de un DNU”. Antonio María Hernández, abogado de la Universidad de Córdoba, en diálogo con La Nación criticó que Milei le haya dado la espalda al Congreso y coincidió con Sabsay. “El Poder Ejecutivo no puede en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Esto tiene que ver con el equilibrio de los Poderes”, analizó. Y agregó: “El jefe de Gabinete Nicolás Posse tiene que presentarlos ante la Comisión bicameral de los DNU dentro de diez días de plazo y esta comisión tiene 10 días para emitir el despacho”.


En cuanto al camino del DNU, este debe contar con la mayoría en las cámaras para no ser rechazado. En ese sentido, Pedro Caminos advirtió que se trata de una estrategia "prohibida" que “entra en vigencia y mientras no es derogado, el decreto surte sus efectos”. Otro de los expertos que se expresó férreamente en contra del DNU fue Andrés Gil Domínguez, quien en su cuenta de Twitter comentó: "El art. 99 inc. 3 de la Constitución establece como regla que el Poder Ejecutivo no puede ejercer funciones legislativas bajo pena de nulidad absoluta e insanable y que los DNU son una excepción reglada". "Derogar 300 leyes y modificar más de 300 leyes mediante DNU es un intento de suma del poder público vedado por el art. 29 de la Constitución que transforma al PEN en la Comisión de Asesoramiento Legislativo del siglo 21. Es la extinción del Congreso como corazón de la democracia", añadió.


Félix Lonigro, por su parte, evaluó: “Esto, que en principio es profundamente antirepublicano, ha sido una facultad que sobre todo ejerció el ex presidente Carlos Menem. Pero en la reforma constitucional de 1994 -gracias al Pacto de Olivos- fue blanqueado en la Constitución Nacional”,

La tajante sentencia de un abogado constitucionalista sobre el decreto de Milei: "Es una suerte de suicidio de la democracia"

El abogado constitucionalista Raúl Ferreyra trazó un preocupante panorama sobre el decreto de necesidad y urgencia publicado por el presidente Javier Milei, opinó que es "abiertamente inconstitucional" y sentenció que se trata de "una suerte de suicidio de la democracia". "El decreto es abiertamente inconstitucional, porque la legislación que se quiera llevar a cabo con vocación de permanencia tiene que ser hecha por el Congreso. Es una atribución de la suma del poder público que se dirige al artículo 36 de la Constitución, que dice que es un atentado al orden democrático", explicó en diálogo con el periodista Gustavo Sylvestre en Radio 10. "Esto es una suerte de suicidio de la democracia", resumió. Ferreyra no descartó que la decisión derive en la posibilidad de iniciar un juicio político al Presidente. "Han dado vuelta el orden institucional, si un estudiante nos dice que estas materias puedes ser legisladas por DNU, lo mandamos a estudiar de nuevo", graficó.


Respecto a los mecanismos para intentar frenar los efectos de la medida, el letrado fue escéptico debido a que "la ley de control de los DNU es malísima, lo que provocó que ningún decreto de necesidad y urgencia haya sido controlados y rechazados. Es tan mala que no tiene plazo". En el caso de intentar una presentación judicial, adelantó que "hay que ver si sea hace una impugnación global o punto por punto", aunque tampoco se mostró optimista. "El per saltum es una manera de llegar rápido a la Corte, pero para eso hay que tener una sentencia favorable o desfavorable en primera instancia, es decir que hay que presentar una demanda y alcanzar una decisión. ¿Uno puede creer que la respuesta va a ser en el ámbito judicial? La Corte siempre fue reacia al control de las políticas económicas", recordó. Por lo que, en su opinión, la respuesta está en el Congreso: "Es una tarea enorme que tienen los senadores y diputados, la respuesta recae sobre ellos".


Las leyes que deroga el decreto

El presidente Milei anunció una serie de leyes que derogará el megadecreto que se publicará en las próximas horas y que contiene además las principales reformas del sistema económico. Según dijo, el objetivo es "solucionar los problemas de regulaciones, controles de precios, cepos", con los que "el Estado se volvió una maquina de impedir". Entre las principales medidas anunciadas: 1. Derogación de la Ley de Alquileres: para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea. 2. Derogación de la Ley de Abastecimiento para que el Estado nunca más atente contra el derecho de propiedad de los individuos. 3. Derogación de la Ley de Góndolas para que el Estado deje de meterse en las decisiones de los comerciantes argentinos. 4. Derogación de la Ley del Compre Nacional que solo beneficia a determinados actores del poder. 5. Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía para evitar la persecución de las empresas. 6. Derogación de la Ley de Promoción Industrial. 7. Derogación de la Ley de Promoción Comercial. 8. Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas. 9. Derogación del régimen de sociedades del Estado. 10. Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización. 11. Modernización del régimen laboral para facilitar el proceso de generación de empleo genuino. 12. Reforma del Código Aduanero para facilitar el comercio internacional. 13. Derogación de la Ley de Tierras para promover las inversiones. 14. Modificación de la Ley de Manejo del Fuego. 15. Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia de producción azucarera.



Publicado en:

https://www.lv12.com.ar/dnu/constitucionalistas-y-funcionarios-criticaron-el-dnu-milei-n151261

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