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viernes, 26 de junio de 2020

El presidente anunció que hasta el 17 de julio se aislará al AMBA del resto del país, por "Info135" del 26-06-20


26 junio, 2020 


El presidente Alberto Fernández anunció que se intensificará la restricción de la circulación, se otorgará un mayor apoyo económico a los sectores golpeados por la pandemia y se profundizarán los operativos de cuidado contra el coronavirus, al anunciar las nuevas medidas que regirán en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El mandatario anunció que “se va a aislar el AMBA para reducir la circulacion”, y por ende los contagios y la ocupación de camas”, y afirmó que el transporte público “será limitado exclusivamente a los servicios esenciales, que son 24”, por lo que resumió que, “desde el primero de julio hasta el 17, les pido a todos que se queden su casa” y salgan para lo esencial.

Afirmó que todo el esfuerzo que se hizo en este tiempo “no fue inútil” porque “hubiese sido peor”, y enumeró los avances realizados en este tiempo “con mucho esfuerzo” de Nación, Ciudad y Provincia para que hoy el sistema sanitario esté preparado para la cantidad de casos que hoy se registran. Al mismo tiempo, el mandatario lamentó el “trágico número de 1.000 muertes”, en un mensaje grabado desde la residencia de Olivos junto al gobernador bonaerense Axel Kicillof y el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, en el que anunciarán la modalidad con la que continuarán las medidas restrictivas para contener el avance del coronavirus, especialmente concentrado en el AMBA.

El mandatario aseguró hoy que “los casos de coronavirus aumentaron exponencialmente y a una gran velocidad” en el AMBA, y aseguró que se necesita “ganar tiempo para parar el ritmo de contagio para que los argentinos tengan la atención que merecen”.
Fernández asumió que “uno de cada cinco argentinos no está conforme con el aislamiento”, que “el 100 por ciento hubiésemos querido no tener que aislarnos y que la economía siguiera funcionando mejor de lo que funcionaba”, pero señaló que llegó la pandemia y “uno no sabe cuándo acaba de derrotarlo” al virus.

Cuáles son los 24 trabajos esenciales contemplados en la extensión

Los trabajadores esenciales que quedan contemplados en el decreto 297/2020 vinculado a la extensión de la cuaretena y cuyosdesplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios, son los siguientes:

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.


Publicado en:
https://info135.com.ar/2020/06/26/el-presidente-anuncio-que-hasta-el-17-de-julio-se-aislara-al-amba-del-resto-del-pais/

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