ÁLBUM DE IMAGENES DE "MIRANDO HACIA ADENTRO"

Todas las imágenes originales producidas por "Mirando hacia adentro" han sido publicadas en un blog satélite llamado "Mirando hacia adentro. Álbum de imágenes".

DEUDA EXTERNA ARGENTINA ON LINE

La página norteamericana "usdebtclock.org" informa segundo a segundo la evolución de las deudas de los países. Vea online y en directo el REENDEUDAMIENTO ARGENTINO presionando AQUÍ.

Translate

viernes, 30 de abril de 2010

PAPEL PRENSA : RUPTURA ENTRE CLARÍN Y LA NACIÓN, por Jorge Mancinelli


La Nación y Clarín comunicaron el jueves último a la Comisión Nacional de Valores que “han dejado sin efecto, rescindido y sin valor legal alguno, el Convenio entre Accionistas de Papel Prensa de fecha 18 de agosto de 1977”. Ese convenio es prueba contundente del uso y abuso de una posición dominante en la producción y venta de papel para diario en la Argentina ; uso, porque contiene el modo en que se organizó esa posición dominante ; abuso, porque ha tenido vigencia por 33 años.
¿En qué consiste el convenio repudiado por La Nación y Clarín y que Miradas al Sur revela en forma exclusiva?. En un pacto que se conoce técnicamente como “acuerdo de restricción a la competencia” o cartelización. Mediante ese convenio, las dos empresas más La Razón, que pisaba fuerte en aquella época, habían resuelto un diseño completo del control de Papel Prensa que iba desde la unificación de la representación de las tres firmas en el manejo de la única fábrica productora de papel de diario que había en la Argentina, hasta la “cláusula de cartelización” o barrera a la entrada de terceros al capital accionario ; ese bloqueo a la apertura del capital accionario fue instrumentando mediante el requisito de un acuerdo previo unánime, aprobación tripartita sin la cual le estaba vedado el ingreso a nuevos accionistas.
La dirección compartida de Papel Prensa estaba fundada en una cláusula que algunos profesionales especializados en derecho societario, compararon con viejas tradiciones mafiosas : “Las empresas firmantes de éste convenio, se comprometen y obligan (dice el convenio) a propiciar y/o promover, votar y hacer votar (uno de los profesionales consultados resaltó que esta decisión de hacer actuar imperativamente a terceros, muestra el espíritu propio de una logia y no de una empresa comercial) en forma uniforme, todas y cada una de las decisiones tomadas por el Comité Directivo organizado en este convenio, tanto en las Asambleas Generales de Accionistas, como en las reuniones del Directorio de Papel Prensa SA, y en las reuniones del Comité Ejecutivo estatutario de Papel Prensa SA y en general en la dirección y conducción de la empresa”.
El convenio fijó, obsesivamente, la distribución de todos los cargos ocupables en la dirección de Papel Prensa, indicando cómo se tenía que hacer ese reparto durante los tres primeros años, asignación de puestos que debía repetirse a partir del cuarto año por otros tres años más y así sucesivamente. También fijó un reglamento disciplinario a aplicar en caso de “incumplimiento por parte de cualquiera de los accionistas a lo dispuesto en este contrato”. Una de las penas establecidas se refiere a los casos en se votare violando el pacto de unanimidad. Dice el numeral 9.7 del pacto ahora repudiado : “En el supuesto de que la transgresión consistiera en votar en las Asambleas de Papel Prensa SA en contradicción con lo resuelto por el Comité Directivo… la multa a aplicar será del 25% del valor de las acciones propiedad de la transgresora”.
La comunicación a la Comisión Nacional de Valores informando que el pacto ha sido declarado por sus firmantes sin valor legal alguno, agrega que igual decisión alcanza también a “toda y cualquier estipulación, contrato, convenio, acta y/o adenda que pudiesen considerarse expresa o implícitamente complementarios y/o modificatorios de dicho Convenio, que existan o pudiesen existir, hayan sido instrumentados por escrito o resulten aún de acuerdos verbales entre las partes”. Ante tan extensa y desconfiada lista, se consultó a fuentes judiciales las que dijeron que es muy probable que los costos de la implosión en curso que sacude a uno de los firmantes, causada por la Ley de Servicios Audiovisuales y por el juicio que se avecina por la apropiación de dos menores, hayan hecho tomar distancia al otro signatario quien decidió terminar con el pacto silencioso mediante el cual ambos monopolizaron el manejo de Papel Prensa.
La componenda ahora denunciada, ha permanecido a lo largo de 33 años en las sombras ; ni la Bolsa de Comercio ni la Comisión Nacional de Valores han recibido copia de ese arreglo que convierte en una pura ficción el carácter de empresa de oferta pública.
La ruptura del acuerdo ha necesitado ser pública para desligar a sus firmantes ante terceros y darles libertad de acción dentro de Papel Prensa; esa publicidad obligada ha permitido indagar y finalmente conocer la componenda. Sus términos podrían habilitar la calificación de “defraudación por administración infiel” ; al menos, dejan abierta esa posibilidad.

Por Jorge Mancinelli, en el semanario “Miradas al Sur” (edición impresa) del domingo 25 de abril de 2010, pag.7

politica@miradasalsur.com (el artículo no apareció al día de hoy en la edición digitalizada)

Hay otra nota sobre este tema, con otra orientación, en :

http://www.lapoliticaonline.com/noticias/val/65149/el-plan-de-kirchner-para-meter-una-cuna-entre-clarin-y-la-nacion.html

NOTA : La imagen no es la que aparece en la nota original.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Cuando un barco se hunde, las ratas son las primeras que se escapan...

Adrián Corbella dijo...

Papel Prensa parece una compañía sumida en el misterio. No sólo su compra por los actuales "propietarios" es oscura ; ahora resulta que su manejo de 33 años tiene aspectos "secretos" insospechados...
¡ Abajo los moopolios !