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martes, 18 de junio de 2013
Gils Carbó dictaminó a favor de la reforma del Consejo, por INFOnews del 16-06-13
La Procuradora General de la Nación
pidió aceptar el per saltum del Gobierno al considerar "constitucional"
la elección popular del Consejo. Antes, De Vido había pedido que la ley "se aplique en toda su intensidad".
Por:
INFOnews
La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dictaminó
hoy a favor de la elección popular y la nueva integración del Consejo de
la Magistratura y le pidió a la Corte Suprema que acepte el "per
saltum" planteado por el Gobierno contra los fallos adversos a la norma.
La Corte ya puede resolver el "per saltum" del Gobierno
Para Gils Carbó la elección popular y el incremento de consejeros del
sector académico "vienen a reglamentar el artículo 114 de la
Constitución de un modo más coherente con nuestro compromiso
constitucional democrático y dando una respuesta adecuada a la demanda
social de incrementar la participación ciudadana en los órganos de
Gobierno". Con este dictamen, la Corte Suprema quedó en condiciones de resolver el "per saltum" del Gobierno. Gils Carbó entendió que la elección popular y el incremento de los
miembros del ámbito académico y científico dispuestos por la ley 26.855
no son incompatibles con el artículo 114 de la Constitución Nacional.
Por el contrario, consideró que la ley consagró una interpretación de
ese artículo que concilió mejor su texto “con el compromiso asumido con
la ciudadanía, con el resguardo de la soberanía del pueblo, la
democracia representativa y el consiguiente fortalecimiento de la
participación ciudadana” y estimó que la ley es adecuada para lograr
“los fines de desalentar que intereses sectoriales o corporativos puedan
prevalecer en la actuación del Consejo, al dejar sin efecto el voto
calificado que regía anteriormente para la elección de los consejeros”. “La elección popular prevista por la ley 26.855, así como el
incremento de los escaños asignados a los miembros pertenecientes al
ámbito académico y científico, vienen a reglamentar el artículo 114 de
la Constitución de un modo más coherente con nuestro compromiso
constitucional democrático y dando una respuesta adecuada a la demanda
social de incrementar la participación ciudadana en los órganos de
gobierno”, aseguró Gils Carbó según consigna la web fiscales.gob.ar La procuradora concluyó que el planteo de inconstitucionalidad de la
ley realizaba una interpretación restrictiva del artículo 114 de la
Constitución, “que arrastra consigo una visión más restringida de la
democracia —lo que no se compadece con los artículos 1 y 37 de la
Constitución ni con los instrumentos internacionales […]— y que se funda
en la representación de intereses sectoriales —jueces y abogados—, que
no en todos los casos podría ser compatible con el ejercicio del
estricto control de un poder del Estado, como lo es el Poder Judicial”. “La voluntad del constituyente ha sido delegar en el Congreso de la
Nación la determinación del sistema de elección de los miembros del
Consejo, así como del número de representantes de cada uno de los
estamentos que lo componen”, remarcó. A la vez, la procuradora general señaló que resulta público y notorio
que el funcionamiento del Consejo de la Magistratura con la integración
actual no ha logrado satisfacer las expectativas sociales que llevaron a
su creación. Esas expectativas, indicó la jefa de los fiscales,
implicaban “agilizar y transparentar la selección de jueces probos e
independientes, así como adoptar procedimientos más eficaces de control y
remoción de los jueces”. En este sentido, el dictamen remarca que del sitio web institucional
del Consejo de la Magistratura surge que durante el año 2012 sólo se
realizaron doce reuniones de la Comisión de Selección, se convocaron a
seis concursos y únicamente se remitieron ternas al Poder Ejecutivo con
respecto a dos. Y agrega que durante el año pasado, “la Comisión de
Acusación sólo sesionó once veces y no formuló ninguna acusación”. Por último, Gils Carbó sostuvo que el nuevo régimen “avanza en el
cumplimiento cabal de los compromisos internacionales asumidos en
materia de derechos humanos que le imponen al Estado argentino el deber
de asegurar la participación de todos en asuntos públicos tan relevantes
para la vida democrática como los vinculados con el gobierno de la
administración de justicia”.
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