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sábado, 26 de marzo de 2016

La Justicia argentina en el camino de los Buitres, por Claudio Della Croce (para “Página 12” del 26-03-16)




Por Claudio Della Croce *

El prometido pago multimillonario a los fondos buitres por parte del gobierno argentino no depende hoy solamente del apoyo del Senado de la Nación –luego de la media sanción acordada por Diputados– sino también de una querella penal formulada por importantes juristas por notorias violaciones legales, caracterizadas como de administración fraudulenta y violación de las obligaciones de funcionario público y abuso de autoridad, al ponerse de relieve que el gobierno argentino realizó acuerdos previos negociados secretamente con los beneficiarios que están explícitamente prohibidos por la Constitución Nacional y leyes votadas previamente por el Congreso Nacional.

Los juristas solicitaron que se dicte medidas cautelares suspensivas de todo obrar que comporte consumación de los delitos reprochados, y oportunamente se dicte sentencia condenando a los imputados –todos los integrantes del Poder Ejecutivo (entre ellos el presidente Macri y los ministros Peña, Pat-Gray y Garavano) y los legisladores que presten su voto afirmativo para autorizar el pago a los fondos buitres– con el máximo de las penas establecida por el Código Penal y el artículo 29 de la Constitución Nacional.

Los juristas denunciaron que desde la asunción del actual gobierno se han venido realizando tratativas con los denominados “fondos buitre”, o “holdouts”, tratativas en las que no ha tenido intervención previa del Congreso, único órgano con competencia constitucional para contraer empréstitos sobre el patrimonio de la Nación, o de proceder al arreglo de la deuda interior y exterior de la misma.

Señala la denuncia que por la cuantía de los pagos comprometidos, y por poner en riesgo la reconfiguración de la deuda externa argentina llevada adelante los años 2005 y 2010, así como el carácter cancelatorio y liberatorio de los pagos operados conforme dicha reestructuración de deuda, puede llevar a restablecer un endeudamiento de 384.000 millones de dólares, hipotecando por varias generaciones al pueblo argentino.

El acuerdo con los buitres más poderosos (NML, Aurelius, Blue Angel y Olifant) establece que se les pagará en 45 días (antes del 14 de abril), y antes del levantamiento de las medidas cautelares (injunctions). Además del menor descuento (25%), se les reembolsarán los costos, en especial los legales, por 235 millones de dólares. Son temas no difundidos por el gobierno, pero que agravan la sumisión a las exigencias de estos grandes fondos, más allá de los términos monetarios. Todas estas condiciones inaceptables están validadas en el proyecto de Ley que tiene media sanción de la Cámara de Diputados.

Las inéditas alteraciones planteadas generan un riesgo importante: juicios por parte de los acreedores que entraron al canje, dado que tomaron esa decisión porque existía la llamada “ley cerrojo”, que establece que “Los términos y condiciones financieros que se ofrezcan no podrán ser mejores que los ofrecidos a los acreedores en la reestructuración de deuda”. Con la derogación de esta ley, habría espacio para el litigio.

La presentación de la causa penal impulsó una campaña en marcha de apoyo a la misma que comenzó con 10.000 firmas en una semana, mientras que se presentaba espontáneamente en la causa el banquero arrepentido Hernán Arbizu para alegar a favor de la denuncia. Asimismo, el Jefe de Gabinete comenzó a enviar al juzgado la documentación solicitada por el fiscal.

Mientras, el Instituto Antonio Sampay que fue el denunciante (con los prestigiosos juristas Jorge Cholvis, Arístides Corti y Eduardo Barcesat a la cabeza), estudia presentarse ahora como querellante, lo cual le permitirá no sólo tener acceso completo al expediente, sino también ampliar la denuncia y sumar nuevos elementos de prueba tanto en el plano jurídico como económico.

Los juristas indican que, conforme a lo que establecen los Pactos Internacionales de Naciones Unidas, de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, incorporados con jerarquía de cláusulas constitucionales, la ciudadanía es el único titular del derecho de libre determinación y a la independencia económica.

* Economista.

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