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jueves, 28 de enero de 2016
LA LUZ MALA, por Raúl Dellatorre (para "Página 12" del 28-01-16)
EL GOBIERNO DISPUSO UNA SUBA DEL PRECIO DE LA ENERGIA ELECTRICA QUE LLEGARIA AL 280 POR CIENTO. HABRA MAS AJUSTES
Apenas un primer paso para armar el tarifazo
El cambio afecta al precio mayorista de la energía. Antes de reflejarse en las facturas, podría sumarse la revisión de la retribución a distribuidores, que multiplicará su impacto sobre el usuario. Rige desde febrero.
Por Raúl Dellatorre
El gobierno nacional dio el primer paso hacia la desregulación de las tarifas eléctricas. A través de una resolución del Ministerio de Energía publicada ayer en el Boletín Oficial (sin previo anuncio ni posterior explicación, ver nota en esta misma página), se fijaron nuevos precios de referencia en el mercado mayorista para la energía eléctrica destinada a los usuarios de todo el país, que en términos generales representarían un aumento de entre 180 y 280 por ciento. Quienes deben pagar estos nuevos precios al mercado mayorista son los distribuidores eléctricos, que si bien trasladarán esos mayores precios a la tarifa de sus clientes, lo harán con un impacto menor, ya que “la energía facturada” es sólo un componente, aproximadamente la tercera parte, del valor final de la factura. Las estimaciones que anoche hacían los especialistas, en base a la letra de la resolución 6 de Juan José Aranguren, es que la incidencia sobre la tarifa final sería un incremento de entre 100 y 150 por ciento, “siempre que no se modifique la retribución al distribuidor, que en el caso de Edenor y Edesur está retrasada”, aclaran. Este último cambio, que podría hasta triplicar el impacto sobre los usuarios de toda el área metropolitana bonaerense, está en carpeta del ministerio de Energía pero, hasta anoche, se desconocía cuándo se hará efectivo. La misma resolución establece una tarifa diferencial para los usuarios residenciales que verifiquen menores consumos que el año pasado –el ajuste del valor de la energía se reduciría hasta en un 50 por ciento– y un cuadro tarifario subsidiado a quienes se les otorgue la Tarifa Social, quienes no tendrían que abonar por los primeros 150 kilowatts/hora que consuman mensualmente. Los nuevos valores de la energía eléctrica que deberán pagar los usuarios en todo el país tendrán vigencia a partir del 1º de febrero y hasta el 30 de abril próximo. El aumento del valor de la energía que se le facturará a los clientes supondría, según cálculos privados, una reducción en la cuenta de subsidios eléctricos equivalente al 30 o 40 por ciento de su valor total. Este era uno de los objetivos del programa de aumento de tarifas anunciado por Aranguren. Otro aspecto planteado como meta, que era eliminar la discriminación de tarifas entre los usuarios del área metropolitana y los del resto del país en favor de los primeros, quedó postergado, ya que el aumento es general para todos los usuarios del sistema interconectado nacional, mientras que por ahora no se modificó la retribución a los distribuidores, que supuestamente beneficiará a Edenor y Edesur con cargo a tarifas.
La resolución conocida ayer no contempla la categorización tarifaria que utilizan las distribuidoras, que divide a los clientes entre pequeñas, medianas y grandes demandas de uso residencial o uso general (comercios, industrias y otros no residenciales). Califica a los usuarios en función de la denominada “demanda de potencia”, según la densidad de aparatos eléctricos que tiene el hogar o establecimiento. Define dos líneas divisorias: 10 kv de potencia, hasta el cual entra un hogar con un equipamiento normal (por ejemplo, un hogar con tres o más aires acondicionados podría superar esa línea) y 300 kv de potencia, línea que sólo superarían los grandes usuarios (industrias grandes o electrointensivas. shoppings, algún consorcio de edificios con varios ascensores) que, en general, contratan el suministro directamente con las empresas generadoras. Esta franja, la de clientes con contratos directos, no goza de ningún subsidio, ya que paga la energía de acuerdo al precio del mercado mayorista más un extra por “potencia”, es decir por la disponibilidad de equipos para suministrarle la energía en las magnitudes demandadas. Este sector (no son más de quinientas grandes empresas en todo el país) es, por lo tanto, el único que quedó al margen de la resolución de la víspera.
La resolución de ayer establece –“para toda aquella demanda destinada por los distribuidores a abastecer a usuarios cuya demanda de potencia no alcance los 300 Kw”– un valor de la energía en torno de los 317 pesos por Mw/hora. Este precio supera entre 180 y 280 por ciento al valor subsidiado actualmente vigente (entre los 83 y 110 pesos por Mw/hora, de acuerdo con distintas estimaciones).
La resolución de la cartera energética de ayer establece los precios de referencia estacionales de energía en el mercado eléctrico mayorista, fijándolo en torno a los 768 pesos por megawatt/hora. Si bien no define cuál será su aplicación, se interpreta que es el valor que se correspondería con el costo de generación, es decir el precio de mercado sin subsidio y al cual se aspira a arribar. Si así fuera, el aumento dispuesto con la resolución de ayer sobre el valor de la energía sería apenas la tercera parte del incremento total fijado como meta, del orden del 700 al 800 por ciento.
Tarifa social
El Ministerio de Energía dispuso, en la misma resolución, la creación de una tarifa diferencial para aquellos usuarios con una demanda de potencia que no alcance a 10Kw, y “a cuyo consumo se le haya otorgado la Tarifa Social”, beneficio que será definido por el Ministerio de Desarrollo Social (el criterio sería incluir a los jubilados que cobran la mínima y a familias beneficiarias de la AUH y algún otro plan social para población vulnerable). Para ese universo, se contemplará lo siguiente:
a) Hasta un consumo mensual de 150 Kw/hora, tendrán un costo cero.
b) Sobre el consumo excedente, mientras el consumo mensual total sea menor o igual al registrado en el mismo mes del año 2015, el precio mayorista de la energía destinada a dicho usuario será de 27 pesos por Mw/hora consumido. Es decir, el 8,5 por ciento de la tarifa “normal”.
c) Cuando el consumo mensual total sea mayor al mismo mes de 2015, por la demanda excedente deberá abonar la tarifa de 317 pesos.
Ahorro de energía
La resolución también establece un mecanismo de incentivos al uso racional de energía o premios al menor consumo, pero sólo para usuarios residenciales con demanda de potencia menor a 10Kw (se estima que es aproximadamente el 70 por ciento de los usuarios). En el caso de que su consumo mensual, con respecto al mismo mes del año pasado, se reduzca en al menos un 10 por ciento y hasta el 20 por ciento, el valor de la energía se verá rebajado de 317 a 247 pesos, equivalente a la tercera parte del aumento general. Si la reducción del consumo, siempre comparando cada mes con el mismo del año anterior, es superior al 20 por ciento, el valor por kilowatt/hora consumido será de 197 pesos. Esto es, reduce a la mitad aproximadamente el impacto del aumento del precio de la energía.
Publicado en:
http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-291313-2016-01-28.html
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