Páginas

domingo, 20 de septiembre de 2015

FEOS, SUCIOS Y MALOS, por Horacio Verbitsky (para "Página 12" del 20-09-15)


UNA FUNCIONARIA DE BUSSI EN CONTRA DEL VOTO UNIVERSAL


Los asombrosos fundamentos para anular los comicios tucumanos: los pobres no tienen libertad para elegir. La Cámara lo dice con una cita del joven Fayt, de 1945, nada menos. Como esto no se remediará en una nueva elección, lo que está en juego no es la elección provincial. El próximo episodio, hoy en el Chaco. El objetivo es deslegitimar el sistema electoral en el que cualquiera vota y erosionar al partido del gobierno en el Gran Norte, que es su bastión junto con el conurbano bonaerense.

 Por Horacio Verbitsky

Los dos jueces de la sala en lo Contencioso y Administrativo de Tucumán que anularon los comicios provinciales celebrados el 23 de agosto sostuvieron en brutal síntesis que no pueden tomarse en serio los votos emitidos por los feos, sucios y malos, porque no son ciudadanos libres. Según los camaristas Salvador Norberto Ruiz y Ebe López Piossek la relación entre punteros políticos y “población desprotegida” es propia de “un sistema de subsistencia alimentaria que resulta difícil cuestionar desde el discurso jurídico frente a la situación de extrema vulnerabilidad y profunda pobreza como la que, es notorio, padece un amplio sector de nuestra sociedad”. Será difícil, pero no imposible para estos arrojados salvadores de las instituciones, ya que “las prácticas clientelares conspiran precisamente contra la expresión de libre voluntad que constituye un presupuesto indispensable del ejercicio del sufragio”. Con una llamativa cita doctrinaria, agregan que la imposibilidad de que los pobres cumplan con sus necesidades “en un modo compatible con las exigencias de la vida” que además les asegure el ejercicio sin trabas de las facultades que les corresponden como individuos y como partícipes del gobierno político, “atenta contra ese ámbito de libertad, que es presupuesto necesario para el ejercicio del sufragio (cfr. Fayt, Carlos S., Los derechos del hombre y sus garantías constitucionales, Valerio Abeledo Editor, Bs. As., 1945, pág. 38)”.

La invocación del libro publicado justo el año del acceso del peronismo al poder en elecciones libres es clarificadora. Los camaristas aceptaron así el argumento del Acuerdo del Bicentenario, que en su denuncia incluso minimizó “las irregularidades ocurridas el día del comicio” por considerar que sólo “son la manifestación lacerante y puntual de un sistema esencialmente fraudulento e incapaz de garantizar la libertad del sufragio de los electores”. El líder de la oposición derrotada, José Cano, alegó que dado “el concepto de fraude electoral o integral” es posible declarar “la nulidad abstracta de los comicios, por cuanto su concepto no se asienta en hechos puntuales y casuísticos temporalmente atribuibles al día eleccionario, sino que hace referencia a la manipulación, distorsión, falsificación, al despojo, la prebenda, la desigualdad de medios, el uso de fondos públicos en provecho particular, ejercido en cualquier fase del proceso electoral con el claro objeto de que no existan elecciones libres y equitativas”. Esto exime de juzgar el proceso electoral “por los criterios procesalistas tradicionales y los excesivos rigorismos formales existentes ante las pruebas, los procedimientos y los plazos”, dado que “lo que está en juego es nada más y nada menos que la libertad del elector, lo que implica la vigencia de la democracia y del régimen republicano y representativo”. Esta ausencia de pruebas reconocida en la denuncia se refleja en el fallo. De otro modo, podría haber anulado algunas mesas, pero no la elección. El problema es que la convocatoria a nuevos comicios ordenada por los jueces no sólo es imposible de cumplir en los plazos legales y constitucionales sino que tampoco remediaría esta falla estructural.

A 70 años de aquel texto fundacional de Fayt, faltaría a la corrección política anular sólo las elecciones en los barrios populares, donde construyó su amplia ventaja de once puntos el Frente para la Victoria. La única solución racional sería excluir a esa “población desprotegida” del acto eleccionario, al menos hasta que la mejora de sus condiciones y un sostenido proceso educativo suprimieran esas taras de origen, que la llevan a votar por empresarios enriquecidos como José Alperovich o Juan Manzur. Bien lo sabían Sarmiento, Juan B. Justo y Fayt. Hay que educar al soberano y entretanto que gobiernen los que saben. Esta argumentación implícita a favor del voto calificado o directamente en contra del sufragio remite a los años trágicos de la última dictadura cívico-militar. Entonces la abogada Hebe López Piossek de Barrera, por entonces con H en el nombre, era asesora legal de la Fiscalía de Estado de Tucumán. Su titular, el capitán auditor del Ejército José Roberto Abba, también fue interrogador bajo torturas en la Escuelita de Famaillá, el Arsenal y la cárcel de Villa Urquiza. El cargo de López Piossek consta en la planilla que en octubre del año pasado la fiscalía de Estado elevó al juzgado federal Nº 1 que investiga crímenes de lesa humanidad cometidos en Tucumán. El fallo que la mujer firmó junto con Ruiz tiene un tramo desopilante cuando remonta el origen del clientelismo al “concepto de clientela romana, donde se designaba a un conjunto de relaciones de poder, dependencia política y económica que se establecía entre individuos de status desiguales, basadas en el intercambio de favores”.
La ruta del whisky

En el ordenamiento provincial, la alzada de la Junta Electoral es la Corte Suprema de Justicia, no el fuero contencioso administrativo, aunque ya intervino en algunos casos previos, que el fallo menciona. En éste, su decisión fue en contra del gobierno de Tucumán y de la Junta Electoral. La Cámara en lo Contencioso y Administrativo está formada por tres salas de dos jueces cada uno, con apelación también ante la Corte Suprema. A diferencia del Código Procesal Nacional, el de Tucumán contempla la excusación o recusación de un juez no sólo por su relación con una de las partes sino también de su abogado y entre las causales contempla el “odio o resentimiento”. El camarista Horacio Ricardo Castellanos se excusó de entender en el caso, por la actuación que el letrado de Cano, Arnaldo Ahumada, tuvo en su divorcio, aunque no en carácter de profesional del derecho. Por eso a Ruiz se sumó la jueza de la Sala 3, López Piossek. Ahumada también provocará la excusación de la única mujer de la Corte, Claudia Sbdar, quien en el caso de Marita Verón se apartó por odio hacia el abogado de Cano, que la acosó con declaraciones ofensivas en el diario local y cargos sobre sus decisiones en el expediente que luego se probaron falsos. Ahumada también provocaría el apartamiento de un tercer juez de la Corte, Antonio Daniel Estofán, ex fiscal de Estado de Alperovich. Según contó el columnista Fernando Stanich en La Gaceta, mientras Tucumán se convulsionaba Estofán recorría la Ruta del Whisky en Escocia, junto al camarista Carlos Giovanniello y al abogado José Roberto Toledo. El letrado, casualmente, integra el grupo de confianza del propio Ahumada. El presidente de la Corte, Antonio Gandur, tampoco podrá intervenir, ya que es parte del litigio, como presidente de la Junta Electoral. Su colega Daniel Posse será recusado porque su hermano es el actual fiscal de Estado de Alperovich, con lo que sólo quedaría para componer la Corte René Antonio Goane, quien ya la integró durante la dictadura, luego de dirigir el registro civil cuando menudeaban las desapariciones de personas y el robo de sus hijos. Hoy Goane muestra menos interés en la política que en el cuidado de su imagen personal, siempre bronceado y con entrenador personal. Tampoco será simple la selección de los jueces de tribunales inferiores que reemplacen a los recusados y excusados en la Corte. De la Cámara en lo Contencioso y Administrativo además de los que ya fallaron y el excusado Castellanos sólo quedan tres, Giovaniello, que deberá ceder su lugar debido a la excursión por la patria de la cebada destilada; Sergio Gandur, que no podría juzgar los actos de su papá y Rodolfo Napoleón Novillo, que según la prensa tucumana se declararía inhibido por el empleo de una de sus hijas con la senadora radical Silvia Elías, activa en la coalición de Cano. En consecuencia, habría que sortear entre los nueve jueces de la Cámara en lo Civil y Comercial: Augusto Fernando Avila, Laura Alcira David, Marcela Fabiana Ruiz, María del Pilar Amenábar, María Dolores Leone Cervera, Benjamín Moisa, Alberto Martín Acosta, Raúl Horacio Bejas y Carlos Miguel Ibáñez.

La responsabilidad del gobierno saliente en esta patética encrucijada es ostensible. Primero por la ley electoral que permitió que se acoplaran las boletas de los candidatos de un partido o alianza a gobernador, con las de otros para legisladores provinciales, intendentes y comisionados municipales. Con un millar de partidos y 30.000 candidatos, se desvaneció la nitidez de las opciones políticas en juego. Luego, por la brutal represión desatada ante las primeras protestas. En la Casa de Gobierno no hay establos ni caballerizas, lo cual indica que la presencia allí de las tropas de la caballería policial respondió a una desatinada programación previa. No hubo desborde sino plan, por parte de una policía que el gobierno no conduce ni controla y que en estos mismos días avergüenza con la filmación de uno de sus efectivos torturando con saña a un chico que llora e implora. La defensa que Alperovich hizo de la entrega de bolsones de comida les sirvió a los jueces para consolidar su resolución huérfana de hechos comprobables pero saturada de menciones obvias a leyes, constituciones y convenciones internacionales. Por último, cuando el camarista Ruiz rechazó la suspensión del escrutinio solicitada por el Acuerdo del Bicentenario pero dispuso que al concluir el escrutinio definitivo no se proclamara al vencedor, porque de otro modo podría quedar en la nada la decisión de fondo, que era la nulidad de los comicios por fraude, el gobernador se limitó a proclamar que respetaría la decisión de la justicia y no apeló la cautelar. Tampoco contribuyeron las fantasías de recursos de per saltum, cuando desde el gobierno central le hicieron entender que esa cautelar preanunciaba el fallo escandaloso de subrogar la voluntad popular por el dictat de dos iluminados. El aliento del presidente de la Corte nacional a la maniobra, que tiende a erosionar la legitimad del acto básico de la democracia representativa, es una presunción incomprobable, aunque estimulada por la publicación en la página de San Lorenzetti Press del fallo provincial, cuando su norma es limitarse a los tribunales federales o a la llamada justicia nacional. Sin duda, los fallos que viene impulsando con el explícito propósito de impedir los desmanes de los simples mortales elegidos por el pueblo y constituir a los jueces como guardias platónicos (la expresión es del predecesor de Thomas Griesa en el juzgado de Wall Street, Learned Hand) son precedentes que alentaron a los jueces tucumanos. Pero sería subestimar la sutileza de Lorenzetti imaginar que la Corte pudiera apoderarse de este expediente antes de que termine su recorrido en la instancia provincial. Cuanto más se extienda esa agonía, mayor será el daño para el partido del gobierno en el Gran Norte, que junto con la provincia de Buenos Aires son los bastiones contra los que ha chocado la coalición republicana. Un nuevo capítulo de esa saga, que no se propone la misión imposible de alcanzar los gobiernos provinciales, sino la más fácil de enturbiar el proceso electoral nacional a un mes de la primera vuelta presidencial, se escribirá hoy en la provincia del Chaco. Por suerte, en la Docta estas cosas no suceden y ganan los que deben.
En la última línea de la planilla, cuando la jueza que anuló las elecciones asesoraba al capitán auditor Abba, durante la intervención de Bussi.

Publicado en:
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-282085-2015-09-20.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario