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viernes, 20 de marzo de 2015

Moldes, con Pollicita y contra el fallo de Rafecas, por Martín Granovsky (para "Página 12" del 20-03-15)


 EL FISCAL PIDIO A LA CAMARA FEDERAL QUE REVISE LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA


El fiscal de Cámara y cabeza de la organización de la marcha del 18F dijo que el juez se apresuró en la sentencia según la que no había delito que investigar en relación con la Presidenta y el canciller. Ahora deciden los camaristas.

 Por Martín Granovsky
Sin nombrarlo, aludió a Daniel Rafecas como “un magistrado inusualmente presuroso”. Con ese giro y algunas ironías más el organizador de la marcha del 18F y fiscal de la Cámara Federal porteña, Germán Moldes, recomendó ayer a la Sala Uno de esa instancia de apelación que revea una decisión del juez Rafecas: la de desestimar la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra la Presidenta, el canciller y el diputado Andrés Larroque, entre otros.
La orientación del dictamen de Moldes era dada por segura entre jueces y fiscales del fuero federal. Ayer este diario consignó que los camaristas cuestionaron la terminología que usó (“político-partidaria”, dijeron), pero no impidieron que formara parte del proceso.
“Para poder arribar a una conclusión válida se hace imprescindible la realización de, cuando menos, una batería básica de medidas conducentes”, dice el escrito de Moldes, de siete carillas. En su dictamen, el fiscal invitó a superar un “estado de incertidumbre” mediante “mínimamente” la concreción de “diligencias útiles que permitan tomar conocimiento de los hechos denunciados, pues lo contrario significaría, simple y llanamente, abortar la encuesta”.
Tras la recomendación del fiscal, en los próximos días se conocerá la decisión de los miembros de la Sala Uno de la Cámara Federal, Jorge Ballestero, Eduardo Freiler y Eduardo Farah. Serán ellos los que resolverán si hacen lugar a la apelación del fiscal Gerardo Pollicita, para quien Rafecas hizo mal en desestimar la denuncia de Nisman, al menos según los términos en que recibió el resumen de manos del propio Pollicita, o si se pronuncian contra el fiscal y dejan en pie el fallo del juez.
Rafecas había fallado en especial sobre dos fundamentos:
n Uno, que no se había cometido delito alguno de encubrimiento. En este sentido, el pacto con Irán que para Nisman había sido concebido buscando la impunidad de los sospechosos, para Rafecas ni siquiera entró en vigencia.
n El otro, que nunca dejaron de estar en vigor las circulares rojas, las notificaciones particulares que Interpol agrega como señales de importancia a las órdenes de captura. Las circulares habían recobrado vigor en 2007 por impulso del propio Gobierno, luego de que el desplazamiento del juez federal Juan José Galeano hiciera dudar a Interpol sobre su continuidad.
“La barrera que separa las meras ideas y/o actos preparatorios del delito en sí mismo es un principio que distingue a un sistema democrático de uno autoritario”, escribió Rafecas en el fallo conocido el 26 de febrero. “En dictaduras, estas barreras son arrasadas, y el poder punitivo cae con todo su peso no sólo sobre delitos, sino también sobre posibles vías de preparación e incluso ante la mera ideación o propuesta de un camino delictivo. Es lo que en Derecho Penal se conoce como el Derecho Penal del enemigo, de matriz claramente inconstitucional.”
Para Rafecas, si el acuerdo con Irán en sí mismo “hubiese tenido una mínima connotación delictiva, debió ser denunciado por la propia Unidad Fiscal AMIA hace dos años, cuando se firmó, o cuando recibió respaldo en el Congreso de la Nación, convirtiéndose en ley un mes después”. El juez también dijo que el Memorándum de Entendimiento circuló entre muchos funcionarios de la Justicia, que estudiaron y participaron del itinerario sobre constitucionalidad o no del pacto en el sistema judicial. Escribió Rafecas que nadie antes de Nisman “le asignó una mínima connotación penal, sin perjuicio de que muchos de ellos tuvieron fuertes críticas y reparos a la estrategia diseñada en el marco del citado acuerdo”. Y mencionó, sin nombre y apellido pero por su rango institucional, al juez, al fiscal de Cámara y a la Cámara Federal. El juez es Rodolfo Canicoba Corral. La Cámara, justo la que ahora tiene que resolver si hace lugar o no al reparo de Pollicita. Y el fiscal de Cámara, el propio Moldes. Tres mensajes por adelantado. Uno de ellos, el del fiscal de Cámara, respondido ayer. En uno de los tramos más filosos de su dictamen, Moldes admitió que es un lugar común el que una Justicia lenta no es Justicia, pero dijo que lo es menos lo que llamó “Justicia apresurada”. Y añadió, sin mencionar a Rafecas pero quizá buscando aludir al juez: “La desvinculación exprés de funcionarios poco lugar deja al ideario de Justicia en las expectativas sociales y en la imaginación popular”.
En sus primeras declaraciones públicas en diez años, Moldes dijo poco antes de la marcha del 18F al periodista de La Nación y TN Adrián Ventura que “es imposible separar la muerte de Nisman de la denuncia previa que había presentado contra la presidenta Cristina Kirchner y de la presentación que al día siguiente de su muerte iba a hacer en el Congreso”. Para Moldes, “es una secuencia que explica por sí sola que fue una muerte política”. Y aseguró, entonces: “A Nisman no lo mataron por una deuda de juego ni fue un motochorro”.
Tanto Nisman como Moldes habían sido cuestionados por una de las organizaciones de familiares de víctimas, Memoria Activa, representada por el Centro de Estudios Legales y Sociales. Paula Litvachky, directora del área de Justicia y Seguridad del CELS, dijo hace ya dos años en Página/12 que en uno de los expedientes que tramita el juez Ariel Lijo, “ante el sobreseimiento de un grupo de imputados la querella apeló la decisión, pero fue nuevamente abandonada por los fiscales”. Afirmó Litvachky que “quien debía impulsar la acción consintió el sobreseimiento sin diferenciar situaciones” y señaló que como jefe de la Unidad AMIA, Nisman “sostuvo que el fiscal de Cámara Germán Moldes dio la orden de no apelar porque compartía los fundamentos del juez”. Según Litvachky, Nisman explicó que no había apelado porque “carecía de autorización para hacerlo por su cuenta”, ya que el fiscal natural de la causa era Moldes.

martin.granovsky@gmail.com
 
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