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viernes, 25 de julio de 2014

Insólito: las incoherencias en el discurso de Griesa, por INFOnews del 25-07-14

El juez Thomas Griesa, que lleva adelante el caso de la Argentina y los Fondos Buitres, reconoce no haber prestado mucha atención a cuestiones sobre las que ya decidió. Además, desconoce detalles de vital trascendencia. La desgrabación.




1. El juez Griesa desconoce donde se realizan los pagos de bonos sobre los que pretende jurisdicción.
SR. FRIEDMAN (representante del fondo buitre Aurelius): Estos bonos denominados en dólares estadounidenses son, sin dudas, parte de los bonos que fueron emitidos en los canjes de 2005 y 2010. En aquellos canjes, los bonos que se emitieron y los bonos que eran deuda externa se emitieron en virtud de las leyes de los Estados Unidos, Reino Unido, Argentina, y Japón. Todos aquellos bonos son bonos adheridos al canje.
GRIESA: ¿Dónde se pagan?
SR. FRIEDMAN: El proceso de pago, su Señoría, para todos aquellos...
GRIESA: Pasa por el fiduciario, ¿verdad?
SR. FRIEDMAN: No, para los bonos adheridos al canje que se rigen por la ley japonesa y argentina.
GRIESA: Me agrada que mencione a Japón. Volveremos sobre eso en un rato.

2. El juez Griesa reconoce no haber prestado mucha atención a cuestiones sobre las que ya decidió.
GRIESA: Sra. Wagner, permítame volver a usted. ¿Eso no significa entonces que estos bonos se encuentran cubiertos por la orden del 23 de febrero?
SRA. WAGNER (letrado del Citibank): Su Señoría, cuando emitió las medidas cautelares, emitió órdenes que cubrían a los tenedores de bonos de canje y usted emitió una opinión describiendo los fundamentos de esa medida. (...) Entendemos que, número uno, no hubo una descripción respecto de cualquiera de nuestros bonos (...) Número dos, no debería poner a estos bonos en la orden por los motivos que hemos expuesto. Número tres...
GRIESA: Vayamos más despacio. Esto es probablemente algo a lo cual no le presté mucha atención en su momento. Ahora tiene que ser atendido. Vayamos un punto a la vez y sigamos su razonamiento. (...) Sentado hoy aquí y reconociendo que pude no haber cubierto cosas que debería haber cubierto hoy me parece que tratándose de bonos adheridos al canje deberían tratarse como bonos adheridos al canje y deberían estar incluidos con los otros bonos adheridos al canje en la orden del 23 de febrero. Ese es mi parecer. No estoy intentando revisar todo lo que he examinado.



"Esto es probablemente algo a lo cual no le presté mucha atención en su momento. Ahora tiene que ser atendido. Vayamos un punto a la vez y sigamos su razonamiento"



3. El juez Griesa pide le recuerden el nombre de Euroclear, un actor clave en el desarrollo de este juicio, siendo una de las entidades que recibió parte del giro de Argentina para pagar a los bonistas que entraron al canje.
SR. FRIEDMAN: Euroclear ha mantenido ese dinero y Euroclear ha solicitado permiso para enviar el dinero a los bonistas adheridos al canje en los Estados Unidos y Europa quién tiene los bonos adheridos al canje denominados en dólares estadounidenses y se rigen por la ley argentina.
GRIESA: Debería haberlo escrito, ¿cómo se llama esa entidad?
SR. FRIEDMAN: Euroclear Bank, su señoría.
GRIESA: Euroclear. (...)



4. El juez Griesa consulta con una de las partes interesadas cuál es la naturaleza de los bonos sobre los cuales decide.
Friedman: Lo que muestra el informe es que los fondos se movieron de Citibank con respecto a estos bonos denominados en dólares estadounidenses a Euroclear. Euroclear
Griesa: Ellas son simplemente cámaras compensadoras. No actúan como bancos. No entiendo esta solicitud, le soy sincero.
SR. FRIEDMAN: Si me permite, su Señoría. Intentaré abordar brevemente un par de puntos básicos. Volveré al proceso de pagos. El primer punto básico es que a diferencia de los bonos denominados en peso, los bonos denominados en dólares estadounidenses son deuda externa dentro de...
Griesa: Leí el escrito. ¿No podemos tener un poco de sentido común y saber qué lo que tenemos es: los bonos sujetos al canje cubiertos por esa orden y tenemos pari passu, pero los bonos son los bonos adheridos al canje. Entiendo que los bonos de los que estamos hablando en su solicitud no son parte del canje. ¿Estoy en lo correcto o no?
SR. FRIEDMAN: Respetuosamente, su Señoría, eso no sería correcto.



5. El juez Griesa pide a una de las partes que le diga qué debe hacer con el dinero que giró Argentina, para concluir que “no puedo ayudarlos”.
GRIESA: ¿Es posible devolver ese dinero a la República?
SR. FRIEDMAN: Diría que sí, su señoría. Lo que discutiría con el abogado del Bank of New York es si podemos estar de acuerdo en una forma simple de la orden que diga que el Bank of New York devolvería los fondos y que la República no debería obstruir o impedir pero debería disponer de la información necesaria porque la República está por supuesto sujeta a la jurisdicción de su Señoría.
GRIESA: ¿Puedo interrumpirlo nuevamente? Quiero concluir que estaré dispuesto a firmar la orden adecuada para que se devuelva el dinero. Debería devolvérsele. Quizás habrá objeciones a la orden. Obviamente, no me importa. Creo que el dinero debe devolverse. ¿Lo podemos dejar así?
SR. SCHAFFER (Letrado representante del Banco de Nueva York): Su señoría, Eric Schaffer del Bank of New York Mellon. Su Señoría, no repetiré todo lo que está en nuestro memorándum pero devolver el dinero expone al fiduciario innecesariamente a mas litigio en muchos países. Hemos cumplido con la orden de este Tribunal-. Hay problemas prácticos. Hay problemas de debido proceso.
GRIESA: ¿Me puede decir lo que debo hacer?
SR. SCHAFFER: Su Señoría, creo que la respuesta es que debemos mantener el dinero donde está, que hagamos exactamente lo que lo que solicitan sus ordenes
GRIESA: Estoy en silencio porque no tengo nada que decir. Desafortunadamente estamos en esta situación complicada. No puedo ayudarlos. Gracias.



6. El juez Griesa desconoce sobre qué universo de bonistas se aplicarían sus propias decisiones anteriores.
SR. FRIEDMAN: Los bonos denominados en dólares estadounidenses de los que estamos hablando que se rigen por la ley argentina son propiedad de los tenedores de bonos que se encuentran alrededor del mundo, y se trata de más del 20 por ciento de los bonos adheridos al canje emitidos.
GRIESA: Dígalo de nuevo.
SR. FRIEDMAN: El universo de los tenedores de bonos adheridos al canje consiste en bonos denominados en dólares estadounidenses que se rigen por la ley argentina, bonos denominados en yenes regidos por la ley japonesa, eurobonos en virtud de la ley de Reino Unido y los bonos denominado en dólares estadounidenses que se rigen por la ley de Nueva York. Si observamos los bonos de los que estamos hablando los bonos adheridos al canje denominados en dólares estadounidenses que se rigen por la ley argentina, aquellos alcanzan casi el 25 por ciento del universo de los bonos adheridos al canje cubiertos por las ordenes modificadas del 23 de febrero. Estas cubiertas por las ordenes. Es deuda externa. No se trata de una excepción menor.
GRIESA: No sabía que los porcentajes eran los que dice. Hay mucho que hacer hoy. Volveremos a usted, pero quiero escuchar a la Sra. Wagner. Muchas gracias.



7. El juez Griesa no comprende sobre qué pagos se le habla.
SR. FRIEDMAN: (...) Argentina ha violado directamente la orden de Su Señoría y ha realizado pagos de los bonos adheridos al canje.
GRIESA: ¿De qué está hablando?
SR. FRIEDMAN: Lo que estoy diciendo su Señoría es que tenemos una situación que tiene consecuencias más allá del pago a los ciudadanos argentinos en una porción menor de los bonos. Estamos hablando de una situación donde los pagos se realizaron a través de las cámaras compensadoras que fueron específicamente identificadas en la orden modificada del 23 de febrero. Las cámaras compensadoras, como dijo su Señoría, están entre Argentina y otras instancias más y luego los bonistas adheridos al canje.
GRIESA: No entiendo en lo absoluto su punto. Comenzó diciendo que Argentina había realizado algún tipo de pago, ¿de qué pago está hablando?
SR. FRIEDMAN: Su Señoría, me disculpo por no ser claro. El pago del que hablo es el que realizó Argentina, o debería decir los pagos en plural, que Argentina realizó antes del 30 de junio de 2014. Se trata de pagos realizados en un momento en el que la sentencia emitida por Su Señoría era efectiva porque --
GRIESA: ¿Lo puedo interrumpir? Aquellos pagos fueron realizados el fiduciario, no?
SR. FRIEDMAN: Solo en parte, su Señoría (...)
GRIESA: Mire, no entiendo cuál es la importancia que tienen aquellos pagos a la presente cuestión.






8. El juez Griesa pide le recuerden cuándo fue el canje.
GRIESA: ¿los bonos de los que estamos hablando en esta solicitud son los bonos adheridos al canje?
SR. FRIEDMAN: Si, Su Señoría. Esto bonos denominados en dólares estadounidenses
GRIESA: ¿Cuándo fue el canje?
SR. FRIEDMAN: Eran parte del extenso canje de 2005 y 2010.
GRIESA: Dígalo de nuevo.
SR. FRIEDMAN: Los bonos denominados en dólares estadounidenses emitidos en virtud del derecho argentino eran parte de los bonos adheridos al canje emitidos en los canjes de 2005 y 2010.




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